El presidente de GPM AG, Sebastián Pizarro, junto con su vicepresidente, José Manuel Contardo, y el asociado Juan José Chavez, expusieron ante la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados.
El presidente de GPM AG, Sebastián Pizarro, junto con su vicepresidente, José Manuel Contardo, y el asociado Juan José Chávez, expusieron ante la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados su opinión respecto a la nueva ley de licitaciones de energía presentada por el gobierno, que tiene como metas minimizar las alzas proyectadas de energía y aumentar la competencia en el sector generación.
Asimismo, presentaron una propuesta concreta como Asociación gremial que representa a cerca de 1.000 MW del sector de Pequeños y Medianos Generadores, el cual está compuesto por cerca de 80 empresas y que equivalen al 20% de la capacidad instalada del Sistema Interconectado Central (SIC), es decir, aproximadamente 4.000 MW.
Pizarro detalla que los aspectos más perjudiciales del proyecto que plantea el gobierno son el mecanismo de asignación forzosa de suministro a clientes sin contrato, a precios fijados por la autoridad; el nuevo límite para clientes libres o no regulado de 2 MW a 10 MW, y los bloques de licitación distribuidos por todo Chile. El profesional señala que con las regulaciones que se quieren implementar se hace imposible que se genere más competencia.
Los generadores de este segmento no cuentan con estructuras organizacionales muy sofisticadas y están orientados casi en su totalidad a la operación de las plantas. Tampoco poseen varias centrales situadas a lo largo del país y usualmente son monoproductores, por lo tanto, no tienen diversificada la matriz de generación, ya sea geográfica o tecnológicamente. «Y esta condición la tendrá cualquier nuevo inversionista por muy grande que sea”, puntualiza el profesional.
Respecto de la asignación forzosa de contratos de distribuidoras, el presidente indica que es importante recordar que la generación de energía eléctrica es un mercado libre y no regulado como los segmentos de transmisión y distribución. «Esto es claramente una expropiación del legítimo derecho que tiene un generador a vender su energía, ya sea bajo un proceso de licitación de suministro regulado, bajo un contrato bilateral con un cliente libre o en el mercado spot», afirmó el experto.
En relación al nuevo límite para clientes libres, la propuesta actual establece que todo cliente libre (principalmente empresas, cuya potencia conectada es superior a 2.000 kW) que tenga una potencia instalada inferior o igual a 10 MW podrá optar por abastecerse por medio de una distribuidora a precios regulados, pudiendo caber en esta categoría grandes clientes industriales de diversos rubros. “La medida parece simple y sin mayores impactos. Sin embargo, apunta directamente en contra de mejorar la competencia, ya que el mercado de clientes regulados solo se puede abastecer a través de las licitaciones a las cuales hoy y, aún con las modificaciones, es imposible participar para nuestro segmento”, explica Pizarro.
El presidente de GPM-AG agrega que si esto se concreta, a los pequeños y medianos generadores les queda la opción del mercado spot, con altos riesgos de variaciones, o vender a los grandes generadores para limitar el riesgo de transmisión, con lo cual se concentra aún más el mercado. La Asociación estima que de la generación total en el SIC, los clientes regulados pasarán a representar el 80% del mercado en el corto y mediano plazo. “En otras palabras, los bloques a incorporar en futuras licitaciones serán sustancialmente mayores”», afirma.
Sebastián Pizarro explica que la propuesta de GPM AG presentada al Ministerio de Energía y ante la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados sugiere reforzar las instituciones del Estado.
La propuesta busca:
– Lograr una estabilidad de precios de los contratos y revisar la conveniencia de realizar licitaciones que abarquen una distribución tan extensa y que, sin duda, afecta el éxito de las licitaciones.
– Eliminar precio techo de las licitaciones.
– Mantener el precio de reserva o sombra en las licitaciones, pero dejar la posibilidad de recurrir al Panel de Expertos en caso que este precio se haya fijado sin utilizar parámetros ni criterios objetivos y de mercado.
– Definir la condición excepcional de precio forzoso por un plazo máximo de 1 año, en consistencia con el período de suministro de las licitaciones de corto plazo. El precio de la energía debiese dar cuenta de los precios utilizados en las licitaciones de corto plazo que no fueron suficientes para abastecer la demanda que quede sin contrato. Lo anterior, sustentado en que la situación de suministro sin contrato se generará luego de haber fracasado una licitación de corto plazo, en que existiendo un precio techo, no logó adjudicarse la licitación.
– Corregir el precio forzoso para no continuar siendo una carga y riesgo de exclusiva responsabilidad de los generadores, si luego de un año de suministro a precio forzoso no ha sido factible corregir la situación por medio de una licitación de corto o largo plazo.
– Aumentar el límite de cliente regulado de 2.000 kW a 5.000 kW, pero solo en forma provisoria y por un máximo de 4 años.
– Establecer una restricción para acceder al mercado regulado para aquellas empresas que cuentan con múltiples alimentadores o empalmes.
– Que las bases de licitación contemplen que el generador pueda ofertar a cualquier hora, día y mes de acuerdo a su curva de producción.
– Que la distribuidora compre la energía en los puntos de inyección troncal más cercanos, disminuyendo el riesgo de los generadores y del sistema en su totalidad, lo que redundaría en menores precios de oferta.