El proyecto de ley que presentó el Ejecutivo no sólo despenaliza el aborto por tres causales. Además establece un derecho a abortar en esos casos. Despenalizar no es lo mismo que establecer un derecho y, por eso, esta diferencia no es menor.
Es inevitable que, al debatir temas que tocan las más profundas convicciones de las personas, las diferencias de fondo sean reducidas a caricaturas por quienes no las comparten. Les pasa a las personas que plantean argumentos a favor del aborto cuando los acusan de estar a favor del aborto como estando a favor de la muerte. Nada más ridículo. Y les pasa a los que están en contra del establecimiento de un derecho a abortar como si les gustara la idea de castigar a una mujer violada con más sufrimiento.
Como se trata de un debate en el que he participado, esta vez me tocó a mí ser caricaturizado gracias al gentil auspicio de Karen Espíndola (ver aquí). Con la señora Espíndola sostuve un extenso intercambio por Twitter hace algún tiempo en el que me pedía que le explicara por qué no soy partidario de una ley como la que ha propuesto el Ejecutivo para despenalizar el aborto. Le expliqué mi posición, compartí links a textos que he escrito sobre la materia que no caben en un tuit, respondí cada una de sus preguntas y no evité ningún tema… pero, según ella, yo opino que el aborto es algo así como una oblea bañada en chocolate. Sin comentarios.
Como mi interés como ciudadano y académico es contribuir a un debate con altura de miras, dejaré eso en la anécdota. Pero no quiero perder la oportunidad de exponer brevemente mis puntos de vista sobre el proyecto que comenzará a debatirse en el Congreso.
[cita]Si estamos sólo despenalizando, ¿a qué viene todo esto de la objeción de conciencia? Simple, lo que pasa es que el proyecto introduce un derecho a abortar, no sólo una despenalización. Un debate serio no puede ignorar esta obviedad. Y, nuevamente, ¿por qué tal derecho a abortar debe limitarse a estas tres causales y no a cualquier causal? [/cita]
Primero, nuestro sistema jurídico-penal funciona en los hechos como uno donde no hay mujeres en la cárcel por practicarse abortos consentidos por ninguna de las tres causales que el proyecto de ley desea despenalizar. ¿Quiero decir con esto que no debamos discutir su despenalización explícita? No. Significa dos cosas diferentes. Por un lado, significa que el problema social que se desea resolver (a saber, que no se apliquen penas por estas causales) ya tiene una solución fáctica. Por otro lado, significa que, a menos que se explique por qué se debe hacer una despenalización sólo en estos tres casos, lo que corresponde es determinar si deseamos o no despenalizar el aborto sin apellidos. Es más, varios de los promotores de esta iniciativa consideran que el abortar debe ser un derecho sin expresión de causa. Por ende, no podemos perder la oportunidad de discutir el fondo de una vez por todas.
Segundo, el proyecto de ley que presentó el Ejecutivo no sólo despenaliza el aborto por tres causales. Además establece un derecho a abortar en esos casos. Despenalizar no es lo mismo que establecer un derecho y, por eso, esta diferencia no es menor. Por ejemplo, el proyecto dedica varios incisos al tratamiento de la objeción de conciencia. A un equipo médico no se le puede exigir hacer lo que no es un derecho del paciente, pero sí se le debe exigir si se trata de un derecho. Si estamos sólo despenalizando, ¿a qué viene todo esto de la objeción de conciencia? Simple, lo que pasa es que el proyecto introduce un derecho a abortar, no sólo una despenalización. Un debate serio no puede ignorar esta obviedad. Y, nuevamente, ¿por qué tal derecho a abortar debe limitarse a estas tres causales y no a cualquier causal?
Tercero, como lo escribiera en 1973 Mary Ann Warren (una de las pensadoras más importantes a la hora de pensar sobre la justificación ética del aborto y partidaria del mismo), ser autónomo implica poseer conciencia, una capacidad desarrollada de razonamiento, actividad independiente, capacidad de comunicarse y la presencia de algún concepto de sí mismo. Ella, al igual que la gran mayoría de las personas a favor de derechos abortivos, considera que es en virtud de poseer esas condiciones que tenemos derechos y no por ser miembros de la especie homo sapiens. Por eso, esgrimen que el feto no tiene derechos, pero la mujer sí. Y por eso sería éticamente justificado el aborto.
Mi discrepancia con este planteamiento es que la condición de autonomía es verificable, pero no determinable en el tiempo. Es más, un neonato no cumple con varias de esas condiciones y, sin embargo, es ampliamente aceptado que la vida del neonato debe protegerse, y el infanticidio, penalizado. Esto es una constatación antropológica cuya validez no se circunscribe a ningún credo religioso particular. Entonces, la pregunta obvia es, entonces, ¿en razón de qué se le protege la vida a un ser no autónomo como el neonato? ¿No será acaso que los humanos también reconocemos derechos a miembros de nuestra especie por el sólo hecho de ser miembros de nuestra especie? ¿No se trata de eso el derecho a la vida que protegemos? ¿En razón de qué son moralmente distintos seres no autónomos con distintos niveles de desarrollo? Pues bien, es una discusión abierta y la postura del derecho abortivo basado en la autonomía es, a lo menos, no concluyente. Punto que he desarrollado en otra parte (aquí).
Cuarto, si usted cree en el derecho a la vida de un ser humano y, al mismo tiempo, en el valor de la autonomía, entonces está frente a un problema serio. Por un lado, el principio de autonomía debería garantizarle a una mujer el derecho a disponer de su propio cuerpo. Por otro, no es posible para el feto hacer exigible su derecho si no es dentro del vientre de una mujer. En este particular caso, ambos principios se contraponen. No lo hacen por una razón lógica, sino por una limitación práctica: no existe una tecnología para nacer que no sea dentro del cuerpo de una mujer. Por ende, garantizar el derecho a la vida exige el deber de solidaridad de la madre. Y es en virtud de aquello que se justifica que el aborto no sea un derecho.
Concluyo haciendo un llamado a un debate con altura de miras y centrado en el fondo. Sin caricaturas. Con respeto mutuo. Escuchando lo que la postura contraria propone. Sólo así el debate democrático será fructífero. Como escribiera John Dewey en 1927: el poder que otorgan las mayorías es vacío por sí mismo. Su valor descansa en los métodos, condiciones de debate, discusión y persuasión que le precedieron.