La actual legislación permite hoy a obispos y vicarios, entre otros, declarar en el domicilio que fijen.
La ministra de Justicia, Javiera Blanco, envió al Congreso Nacional dos modificaciones al nuevo Código de Procedimiento Civil, que se encuentra en su segundo trámite en el Parlamento.
La secretaria de Estado propuso, a través de un oficio enviado al Senado, el pasado 30 de octubre, eliminar dos numerales del artículo 361.
Este señala: “Podrán declarar en el domicilio que fijen dentro del territorio jurisdiccional del tribunal: el Presidente de la República, los ministros de Estado, los senadores y diputados, los subsecretarios (…) el arzobispo y los obispos, los vicarios generales, los provisores, los vicarios y provicarios capitulares; y los párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”.
Cabe recordar que el cardenal y arzobispo emérito de Santiago, Francisco Javier Errázuriz, se acogió a este beneficio.
En la ocasión, el ministro de fuero Juan Manuel Muñoz debió trasladarse al domicilio del religioso, ubicado en calle Suecia, en Providencia.
Según consigna La Tercera, el documento firmado por la ministra de Justicia señala: “En concreto, y por lo que respecta a la consulta formulada, la nueva regulación no contempla el beneficio de excepción de comparecencia al tribunal en favor de representantes eclesiásticos, toda vez que han sido eliminadas las referencias contenidas en el numeral 1° del artículo 361 del Código de Procedimiento Civil”.
El gobierno también decidió eliminar el numeral 3° de este mismo artículo, relativo a “los religiosos, incluso los novicios”.