El nuevo ordenamiento contempla penas desde los 5 hasta los diez años de presidio, eleva las multas pero entrega la facultad exclusiva para querellarse a la Fiscalía Nacional Económica, además en un plazo debidamente acotado.
«Chile no acepta corrupción ni abusos. Y con esta ley damos un paso contundente», dijo la Presidenta Michelle Bachelet en la ceremonia en la que promulgó la ley que establece nuevas sanciones para el delito de colusión, específicamente castigos que contemplan penas de cárcel.
De esta manera, según la nueva legislación, las personas que incurran este delito podrán enfrentar penas de presidio mayor en su grado mínimo, esto es desde 5 años y un día hasta 10 años. Paralelamente, quien sea condenado por este ilícito quedará inhabilitado por un plazo de 5 años para ejercer un cargo de director en empresas públicas, sociedades anonimas, asociaciones gremiales, o de consumidores, partidos políticos y colegios profesionales.
Uno de los aspectos más discutidos fue el hecho de que la investigación penal se realiza a partir de una querella que debe interponer exclusivamente la Fiscalía Nacional Económica, en un plazo no superior a seis meses desde que el Tribunal de Libre Competencia, dicte sentencia.
Además la ley exime de responsabilidad penal a quien sea el primero en aportar antecedentes sobre un delito de colusión. Es decir, fortalece la delación compensada.
La nueva ley eleva las sanciones económicas hacia las empresas que sean condenadas, estableciendo que la multa debe ser el doble del beneficio obtenido a partir de el diseño de colusión