El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió las quejas de los vecinos del centro cultural por el exceso de ruido. La resolución sostiene que el GAM deberá “adoptar las medidas necesarias a fin de que no se utilicen tambores, amplificaciones y equipos de sonido».
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Santiago fiscalizar los ruidos molestos que se generan en el Centro Cultural Gabriela Mistral (GAM).
La Octava Sala del tribunal de alzada -en fallo unánime- acogió la acción presentada por los vecinos del centro cultural, luego de establecer que la falta de fiscalización municipal afecta el derecho constitucional de vivir en un ambiente libre de contaminación.
El fallo sostiene que “…El GAM, es un Centro Cultural abierto a la comunidad; sin embargo, se encuentra inserto dentro del Barrio Lastarria, por lo que justamente debe fiscalizar, en forma efectiva, dicho lugar y especialmente, las Plazas y lugares comunes que forman parte de éste, para que se mantenga la tranquilidad y reposo de la que deben gozar los recurrentes, como vecinos del lugar”.
La resolución agrega que que para “facilitar las instalaciones que se encuentren al aire libre y en sus “Plazas”, deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que no se utilicen tambores, amplificaciones, equipos de sonido y cualquier otro sonido que provoque ruido”.