El recurso presentado por los abogados Ciro Colombara López y Aldo Díaz Canales argumenta que la destitución es un acto “ilegal y arbitrario”, y busca restituir a Dorothy Pérez en los cargos de Subcontralora General de la República y de Jueza de Cuentas. El libelo revela las diferencias con el contralor, y los episodios donde éste actuó “ridiculizando abiertamente a nuestra representada, tanto verbal como corporalmente”.
El recurso de protección interpuesto por la abogada Dorothy Pérez contra su ex superior jerárquico, el contralor Jorge Bermúdez, contiene detalles de la trastienda que terminó con la subcontralora removida de sus funciones.
Pérez ingresó en 2004 a la Contraloría e incluso fue jefa de Gabinete de Bermúdez desde enero del 2016. Luego ocupó el cargo de subcontralora desde septiembre de ese año, pero la relación con su jefe se fue trizando hasta quebrarse completamente, al punto que el lunes 20 de agosto su superior le pidió la renuncia. Pérez no aceptó, lo que desencadenó que el contralor declarara vacante el puesto y días después designara en su reemplazo a María Soledad Frindt.
Así describe la defensa de Pérez en su recurso de protección este quiebre en la relación: “Desde hace un par de meses el Sr. Bermúdez Soto en su calidad de contralor comenzó a manifestar actitudes de irritación y molestia contra nuestra representada, que en ocasiones se concretaron en respuestas verbales que denotaron algún grado de hostilidad frente a ella”.
Uno de los puntos neurálgicos de la pugna está en las diferencias entre ambas autoridades en el manejo de las redes sociales de la institución, que desde marzo han adoptado un giro más “millenial”. Según Dorothy Pérez, le hizo ver a Bermúdez sus reparos al “lenguaje, el contenido y/o apresuramiento de las publicaciones que la CGR ha estado realizando en redes sociales, los que podrían producir efectos delicados para la imagen republicana de la institución, como también, para los funcionarios y funcionarias de mayor antigüedad en la misma”. En especial, le hizo ver sus reparos a que se estén “parodiando imágenes de terceros con comentarios o publicaciones con un lenguaje inadecuado, o utilizando imágenes sujetas a la protección de la normativa sobre propiedad intelectual”.
Según Pérez, Bermúdez reaccionó con molestia antes estos emplazamientos, actitud que se vio agravada luego que le recomendara además “más prudencia y calma en las declaraciones y puntos de prensa a los medios”.
Pero la subcontralora defiende esta función de asesoría, porque “los dichos, recomendaciones y/o consejos de nuestra representada se enmarcaron siempre dentro de su desempeño como Coordinadora del área de Comunicaciones que el propio contralor había asignado”, dice el documento presentado por los abogados Ciro Colombara López y Aldo Díaz Canales.
Lea además: La arremetida política que complica al contralor Bermúdez
Otro ámbito de discrepancias, calificado como “más delicado y grave”, fue el impasse por la no firma de una serie de documentos. Según Pérez, mientras Bermúdez estuvo en Nueva York, ella se negó a firmar 6 sumarios administrativos que se pretendían cerrar sin sanciones para los responsables a través de su sobreseimiento por prescripción. Ella asegura que lo hizo “debido a la excesiva demora de tales documentos en el propio despacho del contralor”, y en este punto responsabiliza de la tardanza a Loreto Valenzuela, abogada de confianza de Bermúdez también fiscal a cargo del sumario interno por el fraude de Carabineros.
El argumento de Pérez para no firmar esos sumarios estaba en que “no correspondía legalmente sobreseerlos, ya que la prescripción de estos se debía investigar con el fin de determinar la responsabilidad administrativa de quienes dentro de la CGR demoraron el estudio y no dieron curso progresivo de los procedimientos. Dicha demora debía ser investigada a nivel interno a través de un sumario administrativo, pues esto a todas luces podía considerarse un abandono de deberes”.
Tras el retorno de Bermúdez a Santiago, el 6 de agosto, y en conocimiento de este nuevo impasse, “el contralor inició una serie de actos de hostigamiento, conversaciones y reuniones con abierta hostilidad hacia nuestra representada, algunas incluso realizadas frente a otros funcionarios de la institución”, señala el documento.
Por ejemplo, menciona que fue excluida el viernes 10 de agosto del almuerzo de despedida del ministro del Tribunal de Cuentas de segunda instancia Miguel Angel Fernández. Luego, detalla lo que ocurrió en una reunión de trabajo con Bermúdez y otros funcionarios, al término de ese almuerzo, donde recuerda que “frente a cada tema tratado el contralor fue realizando comentarios humillantes, agraviantes, abiertamente hostiles y descalificatorios acerca del trabajo u opiniones de la subcontralora, todo ello, en presencia de diversas jefaturas intermedias y funcionarios de la Contraloría, quienes en una situación de abierta incomodidad debieron presenciar como el Contralor se refirió en voz alta y con tono hostil (…) ridiculizando abiertamente a nuestra representada, tanto verbal como corporalmente, con abierto desagrado hacia la subcontralora”.
Luego, el recurso aborda cómo el contralor echó mano a la situación de Dorothy Pérez en el “Pacogate”. Recuerda que el 20 de agosto, el mismo día en que fue citada a declarar en calidad de testigo en la causa penal por el fraude en Carabineros, el contralor le pidió su renuncia “injustificadamente”.
Respecto a su vínculo con el Pacogate, Pérez deslinda toda responsabilidad, señalando que “durante un lapso menor dentro del largo período que está siendo investigado, fue la subjefa de la División de Auditoría Administrativa, la que contaba con diez grupos o áreas de trabajo, cada uno con su respectiva jefatura de área, una de las cuales – el “Área de Administración General y Defensa Nacional”- tenía a su cargo la fiscalización de Carabineros” y “ninguna de las personas que se encuentran imputadas en dicho caso dependió directamente de nuestra representada, ni siquiera por el lapso de un día”.
En este acápite, Pérez se extiende en señalar que no tiene relación alguna con dicha causa penal y que la citación es sólo en calidad de testigo, “lo que sólo tiene por objeto que la persona citada colabore en la investigación como un tercero ajeno a la causa”.
“No ha sido imputada en causa alguna que tenga que ver con estos hechos o con otros, ni tampoco se le han formulado cargos en ninguna investigación ni sumario administrativo sobre posibles responsabilidades relacionadas con los hechos penales investigados o con otros”, destaca el recurso de protección.
El recurso argumenta que la destitución es un acto “ilegal”, por cuanto señala que el contralor “no tiene la competencia para declarar vacante el cargo de Subcontralor General de la República y de Juez de Cuentas sin haber previamente un acto de remoción legal y debidamente tramitado contra nuestra representada. Ello infringe de manera manifiesta la CPR y la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, en específico, su artículo 4”.
Además, señala que el procedimiento es “arbitrario”, dado que “no tiene ningún fundamento razonable ni objetivo que justifique la remoción de nuestra representada, al declarar vacante su cargo como Subcontralora General de la República y consiguientemente el de Juez de Cuentas. Ambos requisitos de legalidad y justificación son absolutamente necesarios en la dictación de todo acto administrativo”.
El cargo fue declarado vacante el 22 de agosto, “sin las correspondientes y debidas garantías e infringiendo la normativa nacional de carácter constitucional y legal, así como la internacional de protección de los derechos humanos”, vulnerando –a juicio de los representantes de Pérez- “el legítimo ejercicio de las garantías fundamentales” de la abogada.
El recurso pretende dejar sin efecto la resolución donde Bermúdez declara vacante el cargo; dejar sin efecto todo acto administrativo posterior; restituir en los cargos de Subcontralora General de la República y de Jueza de Cuentas a Dorothy Pérez, además de condenar a Bermúdez a pagar las costas del juicio.
Revise el recurso de protección acá