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Triunfo de Chile Vamos en el TC: objetores de conciencia en materia de aborto en 3 causales podrán recibir fondos públicos PAÍS Crédito: Agencia UNO

Triunfo de Chile Vamos en el TC: objetores de conciencia en materia de aborto en 3 causales podrán recibir fondos públicos

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El Tribunal Constitucional acogió por amplia mayoría –de 8 votos contra 2– los recursos presentados por senadores y diputados de la coalición oficialista y declaró inconstitucional el reglamento sobre objeción de conciencia en materia de aborto. El Gobierno no participó de los alegatos y ahora argumentó, a través del Minsal, que “se vio en la obligación” de incorporar las objeciones de Contraloría en el reglamento que en definitiva fue impugnado por el TC. Desde la oposición plantearon sus sospechas sobre la actuación del Ejecutivo, señalando que “esto huele a diseño”.


Por 8 votos contra 2, el Tribunal Constitucional acogió los requerimientos de senadores y diputados de Chile Vamos contra el reglamento del Ministerio de Salud que regula la objeción de conciencia de la ley de aborto en tres causales.

Con la decisión del TC, en la práctica, se levanta la restricción a los establecimientos privados de salud a recibir recursos públicos si se declaran objetores de conciencia frente a los procedimientos de interrupción del embarazo, una norma que complicaba a la Universidad Católica y al Hospital Parroquial de San Bernardo.

Por acoger el requerimiento de Chile Vamos estuvieron los ministros Iván Aróstica (presidente del TC), Domingo Hernández, María Luisa Brahm, Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez, Pía Silva y Miguel Ángel Fernández. En tanto, por el rechazo se pronunciaron Gonzalo García y Nelson Pozo. “La sentencia definitiva será expedida y notificada a más tardar el 18 de enero del año”, informó el TC.

Ausencia del Gobierno

La jornada no estuvo exenta de polémica, porque el Gobierno no envió abogados a los alegatos para defender la constitucionalidad de su protocolo, una jugada que fue cuestionada desde la Contraloría, que en la práctica fue el único organismo que defendió ante el pleno el reglamento despachado por el Minsal.

Durante los alegatos, Camilo Mirosevic, el abogado del ente contralor, llamó la atención sobre este punto, señalando que “nosotros defendemos la toma de razón, pero quien tiene que estar sentado acá para la constitucionalidad del reglamento es el autor del reglamento, que es el Gobierno”.

La jugada del Gobierno fue vista desde la oposición como una manera de utilizar a sus diputados y senadores para impugnar un reglamento que en definitiva no tenía la real intención de promulgar y de publicar.

Esto, dado que el reglamento original enviado por el Minsal fue declarado como ilegal y fue devuelto por la Contraloría en mayo por “no ajustarse a derecho”, bajo el argumento de que no consideraba una idea clave: que las instituciones privadas que tengan convenio con el Estado no pueden negarse a interrumpir embarazos.

Para revertir este traspié, el Gobierno reingresó a fines de junio un nuevo documento a la Contraloría, con la siguiente redacción: «Los establecimientos privados de salud que hayan suscrito convenios regidos por las disposiciones del DFL N° 36 podrán ser objetores de conciencia siempre y cuando los referidos convenios no contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología».  Este fue el protocolo impugnado por sus propios parlamentarios y que en definitiva el Gobierno no acudió a defender ante el TC.

Comunicado del Minsal

A través de una declaración pública, el Ministerio de Salud explicó por qué presentó este reglamento, señalando que “como es de público conocimiento, los dictámenes del organismo contralor son mandatorios para los funcionarios públicos. En consecuencia, este Ministerio se vio en la obligación de seguir lo indicado y añadir la señalada norma dentro del reglamento”.

Ahora, una vez conocida la resolución del TC, el Minsal sostuvo que “este Ministerio acatará el fallo, de manera que una vez conocida la sentencia, adoptará todas las medidas que sean necesarias para implementar lo resuelto por la señalada magistratura, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 119 y siguientes del Código Sanitario, así como de sus normas complementarias”.

Reacciones de lado y lado

En Chile Vamos celebraron la resolución del TC. “Estábamos en lo correcto. Lamentablemente Contraloría confundió lo público con lo estatal. Tremenda señal que para adelante tiene que ver con la legitimidad de la sociedad civil colaborando con solución de problemas públicos”, señaló el diputado UDI Javier Macaya, quien estuvo presente en la jornada de alegatos.

“Este fallo pone las cosas en orden. Se ponía requisitos absurdos y arbitrarios, y este fallo demuestra que la Contraloría se había equivocado y la objeción de conciencia institucional es un derecho que puede ejercer y también al mismo tiempo recibir recursos públicos”, dijo el candidato a la presidencia gremialista.

Desde la oposición, en tanto, se condenó el fallo y nuevamente se cuestionó la legitimidad del TC. “A la derecha no le gusta ni la democracia ni los derechos de las mujeres. Ocupan el TC como Tercera Cámara y gobierno hace un reglamento que no se presenta siquiera a defender. Esto huele a diseño. Son del siglo XIX, son una vergüenza!”, escribió en Twitter la diputada RD Maite Orsini.

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