En el escrito ingresado a finales de la semana pasada al TC, el suspendido juez cuestiona la «falta de legitimidad constitucional de la Excelentísima Corte Suprema para dictar ‘Actas’ y a través de ella, sentencias sancionatorias», y planteó que resulta inconstitucional «la inexistencia de un verdadero recurso ante un tribunal superior y distinto del juzgador, estableciendo indebidamente un tribunal especial que no se condice con los compromisos internacionales suscritos por Chile en los diversos Tratados, tales como, El Pacto de San José de Costa Rica, entre otros».
El ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Emilio Elgueta, Emilio Elgueta, insistió por medio de un escrito al Tribunal Constitucional (TC) para que se suspenda la causa en su contra.
Lo anterior, luego que la Segunda Sala de dicha instancia, integrada por os ministros Gonzalo García, María Luisa Brahm, Cristián Letelier, Nelson Pozo y Miguel Ángel Fernández, resolvió de forma unánime rechazar la solicitud de suspensión del procedimiento hecha por Elgueta.
En el escrito ingresado a finales de la semana pasada al TC, el suspendido juez cuestiona la «falta de legitimidad constitucional de la Excelentísima Corte Suprema para dictar ‘Actas’ y a través de ella, sentencias sancionatorias», y planteó que resulta inconstitucional «la inexistencia de un verdadero recurso ante un tribunal superior y distinto del juzgador, estableciendo indebidamente un tribunal especial que no se condice con los compromisos internacionales suscritos por Chile en los diversos Tratados, tales como, El Pacto de San José de Costa Rica, entre otros».
«La Excelentísima Corte Suprema ha excedido la atribución que le confiere la misma Constitución en el artículo 79, inmiscuyéndose inapropiadamente en labores legislativas, dictando normas que afectan gravemente los derechos de los funcionarios del Poder Judicial, y en especial a este requirente, pues es primera vez que se aplica la mencionada acta N° 15-2018 de la Excelentísima Corte Suprema», agrega Elgueta en su escrito.
El suspendido juez consideró que «su aplicación es inconstitucional, antojadiza y retrógrada, pues nos lleva necesariamente a los tiempos de la inquisición».