La omisión de parte de las autoridades de Gobierno en el cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su informe de diciembre de 2019, permitió y facilitó, a juicio de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, la comisión del homicidio de Francisco Martínez Romero, en pleno centro de Panguipulli.
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la ampliación de la querella por delitos de lesa humanidad -en curso desde enero 2020- interpuesta por la Comisión Chilena de Derechos Humanos en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera Echeñique; del ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado Mocarquer; del subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli Basili, del general director de Carabineros de Chile, Ricardo Yáñez Reveco.
La acción judicial fue ampliada considerando el homicidio del joven malabarista Francisco Martínez Romero, en pleno centro de Panguipulli, cometido el pasado viernes.
De acuerdo al libelo, la omisión de parte de las autoridades de Gobierno en el cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su informe emitido el 13 de diciembre de 2019, permitió y facilitó, la comisión del crimen que tiene formalizado por homicidio simple al sargento de Carabineros, Juan González Iturriaga.
El recurso se fundamenta en la Ley 20.357, que tipifica y sanciona los crímenes contra la humanidad, que establece que el Estado tiene la obligación de proteger el derecho a la vida, consagrado en distintos instrumentos internacionales, “no realizando ninguna acción tendiente a la privación arbitraria de este derecho, obligaciones que han sido incumplidas desde octubre de 2019, a la fecha”.
El escrito recuerda que cuatro organismos internacionales de Derechos Humanos visitaron Chile en 2019, con el objeto de constatar “las violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos que se estaban cometiendo a partir de octubre del mismo año, por parte de agentes estatales en contra de la sociedad civil. Entre otras violaciones a los derechos humanos, consignaron en sus posteriores informes, la privación arbitraria de la vida”, puntualiza.
Agrega que el “informe del ACNUDH, incluyó 21 recomendaciones al Estado chileno, y que a la fecha están incumplidas”, mencionando la obligación de “asegurar efectivamente que las fuerzas del orden público sigan estrictamente las normas internacionales sobre el uso de la fuerza en todo momento”, así como “garantizar el uso de métodos no violentos antes de recurrir a armas menos letales, y que éstas sean utilizadas, en todo momento, de plena conformidad con las normas y estándares internacionales”.
“Hoy en Chile, Carabineros de Chile es la institución que contempla la mayor cantidad de denuncias por violaciones a los derechos humanos, incluidas la violación del derecho a la vida, con escasos avances en las investigaciones que permitan acreditar la responsabilidad tanto de los funcionarios involucrados directamente como la responsabilidad de quienes conforman la cadena de mando, incluidas las autoridades políticas, como superiores jerárquicos”, recalca la entidad.