Todo comenzó en julio pasado, con la publicación de un instructivo del Ministerio de Agricultura, donde le solicitaron a las direcciones regionales del Servicio Agrícola Ganadero (SAG) que suspendieran los loteos en suelos agrícolas que no se ajusten a lo que establece el antiguo Decreto Ley 3.516, que data de 1980. Una medida que despertó el malestar de parceleros y empresarios, que rápidamente formaron la asociación gremial Chile Rural, gremio que agrupa a unas 50 empresas del rubro de desarrolladores de proyectos, loteos y parcelas, y cuyo asesor jurídico es el exfiscal Carlos Gajardo. Mientras dicha asociación espera un pronunciamiento de Contraloría respecto a este polémico dictamen el que califican de «ilegal e inconstitucional», el jueves pasado una nueva noticia vino a ratificar el rol fiscalizador del SAG en esta materia, cuando la Delegación Regional de Los Lagos de la Contraloría General de la República desestimó una denuncia de un privado de Puerto Varas, reiterando que este organismo público posee todas las atribuciones legales para fiscalizar el cumplimiento de las normas del bullado Decreto Ley 3.516.
El pasado jueves 18 de agosto, la Delegación Regional de Los Lagos de la Contraloría General de la República emanó un dictamen que desestimaba la denuncia de un privado de Puerto Varas en contra del Servicio Agrícola Ganadero (SAG), que solicitaba dejar sin efecto el acta de fiscalización N° 1005557, elaborada por un fiscalizador de dicho organismo. Con este pronunciamiento de Contraloría se confirma que el SAG posee todas las atribuciones legales para el cumplimiento de las normas del Decreto Ley 3.516, publicado en 1980, y que dice relación con el uso y distribución de las parcelas de agrado. Se trata de un instrumento legal al que deben acogerse los proyectos inmobiliarios en predios rústicos- y según denuncian algunos actores, como la Fundación Defendamos la Ciudad- cuyas disposiciones han sufrido constantes violaciones en estas cuatro décadas, en relación a los loteos ilegales para construir viviendas en predios rústicos de más de 0.5 hectáreas.
En relación a este caso específico, la directora nacional (s) del SAG, Andrea Collao, explica que «el Fundo Libertad fue subdividido a través del decreto ley N° 3.516, de 1980, conforme a un plano de subdivisión y certificado emitido por el SAG, el cual en su texto señala entre otros aspectos: “…no significando el presente certificado autorización de cambio de uso de suelos, ni validación de los antecedentes de dominio, demarcatorios o de georreferencia informados por el solicitante…”. En este contexto, la Contraloría -tras un análisis de la normativa- reafirma que el Servicio Agrícola y Ganadero posee amplias potestades para aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre defensa del suelo y su uso agrícola, y habilitación de terrenos, esto en virtud del artículo 3 de la Ley 18.755; pudiendo entonces incidir en calificar si el uso que se le está dando al suelo corresponde o no a un uso agrícola».
Se trata de un dictamen que es bienvenido por el Ministerio de Agricultura que ha ordenado la suspensión en todo el país de los loteos en suelos agrícolas que no se ajusten a lo establecido en este antiguo decreto. Al respecto, el jefe de la cartera, Esteban Valenzuela, señaló que «por cierto nos alegra el dictamen de la Contraloría de Los Lagos, porque este decreto de 1980 de manera explícita establece que una parcelación de carácter rústica con fines agropecuarios, no corresponde a proyectos de desarrollo urbano- que son parcelaciones urbanas a gran escala, que son contrarias al espíritu de este decreto- y eso es categórico”.
Pero el titular de Agricultura va más allá y cree que se debe considerar a los otros actores involucrados en estos loteos que buscan parecer parcelaciones. En ese sentido, Valenzuela cree que se debe consultar al Ministerio de Obras Públicas (MOP) si hay caminos rurales proyectados y si hay suficiencia de agua potable en las zonas donde se quieren hacer dichos loteos, debido a que a su juicio, existe una gran crítica de parte de la Asociación de Municipios Rurales y de los sistemas de agua potable rural nacional, por como han ido generando pozos individuales, que afectan la seguridad de agua de las propias comunidades locales. Además, el ministro agrega que se debe preguntar a la Corporación Nacional Forestal (Conaf) por el otro fallo histórico de la propia Contraloría Nacional, que establece que la Ley de Bosque Nativo prima sobre otras legislaciones, y por tanto no se puede permitir destrucción del bosque nativo.
Fue precisamente en julio pasado cuando el Gobierno evidenció una postura más radical al respecto, con la publicación de un instructivo del Ministerio de Agricultura, en que solicitaba al Servicio Nacional Agrícola Ganadero (SAG) suspender la certificación de subdivisión de predios rústicos que pudieran «significar una amenaza a los sistemas agroproductivos, al ecosistema y al equilibrio socio-ecológico de las localidades en las que están emplazados». Una decisión que tuvo una rápida respuesta desde el sector empresarial, con el surgimiento de Chile Rural A.G, gremio que agrupa a unas 50 empresas del rubro de desarrolladores de proyectos, loteos y parcelas.
Desde esa organización, dicen valorar el dictamen de la Contraloría en la región de Los Lagos, pero consideran como «ilegal» el actuar de las autoridades de Gobierno, a través de la publicación de estos instructivos. El abogado y asesor legal de Chile Rural, Felipe Riesco, dijo que «el dictamen no nos causa ninguna sorpresa, porque establece algo que nosotros hemos sostenido desde el principio: que si bien el SAG, las municipalidades y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) tienen facultades de fiscalización- que nosotros nunca hemos discutido- el mismo dictamen sostiene que la fiscalización da lugar a que aquellos presenten una denuncia al Juzgado de Policía Local, quien en definitiva determina si se ha dado cumplimiento o no al Decreto Ley 3.516. En ese sentido, es consistente con lo que nosotros hemos sostenido permanentemente y lo que sostenemos en nuestra representación en Contraloría, y en los dictámenes que Contraloría ha emitido con anterioridad en esta materia”.
Pero desde que el Servicio Agrícola Ganadero (SAG) anunciara la suspensión o rechazo de subdivisiones de predios rústicos, el presidente de la asociación gremial Chile Rural, Tomás Prado, acompañado de su asesor jurídico, el exfiscal Carlos Gajardo, solicitaron el pronunciamiento de Contraloría. La presentación realizada establece que, si bien el SAG posee facultades fiscalizadoras, dicho organismo no puede determinar el incumplimiento de esta normativa sectorial, debido a que esta disposición de la ley, tal como lo recalcaba su asesor legal, le corresponde a los Juzgados de Policía Local.
Al respecto, Felipe Riesco agrega que estas facultades de fiscalización son ex post– es decir, una vez que se ha generado la subdivisión-, y no ex ante, como pretende el Ministerio de Agricultura y el SAG, porque a su juicio, la subdivisión por si misma no genera un cambio en el uso del suelo. “Esto es un asunto de legalidad, y la legalidad no es transable. O se actúa conforme a la Ley, o se actúa contra la Ley, pero no depende de un acuerdo entre los desarrolladores o los parceleros con el Gobierno, sino que al final lo que hay que hacer es cumplir las leyes. Y yo entiendo que al ministro de Agricultura o al SAG le pueda no gustar una Ley, pero mientras esa Ley esté vigente y el legislador no la modifique, ellos no se pueden arrogar la facultad para determinar su cumplimiento, lo cuál es gravísimo en un Estado de Derecho”, apuntó el abogado.
Un polémico instructivo
Lo cierto es que el aumento en los últimos años de las solicitudes de subdivisión de predios rurales al amparo del antiguo Decreto Ley que permite dividirlos en extensiones de no menos de media hectárea, fue una de las razones que motivó al Ministerio de Agricultura a oficiar al SAG para que suspendiera los procesos de solicitud de subdivisión, en la medida que presumiera que estos apuntan a un cambio del destino rural a habitacional de los lotes, vulnerando los artículos 55 y 56 de la Ley General de Urbanismo y Construcción. Una medida que para algunos es «ilegal», mientras que para otros, es un avance en relación a una problemática que se ha acrecentado en los últimos años, con el creciente interés por habitar en zonas rurales. De hecho, el Gobierno busca detener el permiso sin coordinación de mega loteos que hicieron disparar de 10 mil a 20 mil los expedientes de parcelaciones en los últimos años.
Pero el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, descarta que se trate de una prohibición de subdivisión, «sino que es un instructivo para dar cumplimiento al principio de coordinación entre ente públicos, que obliga al Ministerio de Agricultura y al SAG, buscando reiterar algo que es obvio: que el Ministerio está obligado a preguntarle a la División de Desarrollo Urbano de la Seremi de Vivienda respectiva, si es que hay planes reguladores, planes intercomunales, planes regionales, planes de borde costero y planes de conservación de santuarios de la naturaleza, en aquellos mega proyectos que parecen parcelaciones, pero son loteos (…) Ha sido una señal, entendiendo que desde que dictamos esta instrucción de coordinación, se han aprobado alrededor de 700 permisos para subdivisiones rústicas- que son propiedades agrícolas, dividas en dos o tres predios mayores- que implican estar en coherencia con el espíritu de una legislación regular».
Por su parte, desde la Fundación Defendamos la Ciudad, su presidente, el urbanista Patricio Herman, señaló que «afortunadamente, este Gobierno tomó el toro por las astas e instruyó al SAG para que emitiera una circular para rayar la cancha. Ahora, no es llegar y subdividir, sino que ahora las autoridades están actuando de manera más firme(…) Además, los artículos 2 y 3 del Decreto Ley 3.516 señalan que está absolutamente prohibida la construcción de proyectos inmobiliarios o viviendas en estos predios rústicos de 0,5 hectáreas. Incluso, le entrega atribuciones al Consejo de Defensa del Estado para que inicie las acciones a objeto de establecer la nulidad de esos actos administrativos. Nunca, en estos más de 40 años, el Consejo de Defensa del Estado ha asumido ese rol, posiblemente porque nunca nadie lo ha denunciado”.
Para la Asociación Gremial Chile Rural se trata de una situación «flagrante», por lo que confían en que la Contraloría General de la República se manifieste al respecto. De hecho, hacen referencia a un antecedente en esa materia, cuando en el Gobierno anterior, el SAG instruyó que para las subdivisiones se incorporaran una serie de requisitos, que incluyeron la presentación de certificados de hipoteca y gravámenes, y un grupo de personas recurrió a Contraloría, quien finalmente ordenó dejar sin efecto ese instructivo, porque contemplaba procedimientos y requisitos que no establecía la Ley.
Desde el gremio empresarial que tiene como asesor jurídico al exfiscal Carlos Gajardo creen que este actuar del Ministerio de Agricultura y la dirección del SAG es «abiertamente ilegal e inconstitucional», por que creen que el deber de coordinación no se ejerce a través de instructivos, y menos por medio de la interpretación de la Ley, ejerciendo una facultad que no tienen, además de establecer requisitos para un procedimiento, lo cual, sostienen, es una facultad reservada al legislador. Además, acusan a los organismos estatales de atribuirse una facultad privativa de los Tribunales de Justicia, que es el ejercer las funciones jurisdiccionales, reiterando que el Decreto Ley 3.516 señala explícitamente que serán los Juzgados de Policía Local los que determinarán un posible incumplimiento a la normativa legal, y a su juicio, ninguna autoridad puede arrogarse esa facultad. Ahora, la última palabra la tiene la Contraloría General de la República.