La Comisión de Derechos Humanos del Senado recomendó al hemiciclo a Blanquita Honorato, exsubsecretaria de la Niñez en el segundo Gobierno de Sebastián Piñera, como nueva Defensora de la Niñez. Sin embargo, en su contra pesa un fuerte cuestionamiento, dado que visó la redacción del Reglamento de Acreditación de Colaboradores del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Según el contralor Jorge Bermúdez, lo anterior va en contra de la ley de protección al menor. Fuentes del servicio afirman que la norma permitió graves hechos en Talca, situación en la cual un imputado además percibió mil millones de pesos de parte del Estado, pese a estar formalizado por abuso sexual.
Por tres votos contra dos, la Comisión de Derechos Humanos del Senado recomendó (el jueves pasado) a la exsubsecretaria de la Niñez, Blanquita Honorato Lira, para ocupar el cargo de Defensora de Niñez. Sin embargo, a horas de su ratificación para el puesto, que es inminente, surgen críticas a dicha nominación.
Uno de los cuestionamientos en su contra radica en haber visado la redacción del reglamento de acreditación de colaboradores del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que elaboró siendo subsecretaria de la Niñez, a fines de 2021, bajo el Gobierno de Sebastián Piñera, el que, según el contralor Jorge Bermúdez, va en contra de la ley que creó dicho servicio, que remplaza al antiguo Sename. Esto, específicamente en lo que señala la letra G del artículo 56 de dicha normativa, la cual detalla que, entre otras personas que no podrán trabajar para el Servicio ni sus colaboradores acreditados, se encuentran aquellas en contra de las cuales el Ministerio Público haya formalizado alguna investigación, por el tiempo que dure esta.
No obstante, el reglamento visado por Honorato, promulgado en enero de 2022, señala que “para acreditar el cumplimiento de los requisitos” de la Ley 20.032 y la Ley 21.302, los solicitantes deberán presentar una “declaración jurada simple de cada uno de los fundadores, miembros del directorio, gerentes o administradores, profesionales y trabajadores del solicitante que manifiesten no encontrarse afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades que les sean aplicables”.
De hecho, el mismo jueves 28, cuando la Comisión del Senado votó la propuesta de Blanquita Honorato para Mejor Niñez, el contralor Bermúdez (en el mismo Congreso) hizo un reparo al reglamento visado por la candidata cuando era subsecretaria. Hablando ante la Comisión Investigadora Especializada de Protección a la Niñez de la Cámara, el contralor explicó que, para crear un Organismo Colaborador Acreditado (OCA), es necesario –como el mismo nombre lo indica– acreditarse, agregando que “ese proceso de acreditación tiene que cumplir una idoneidad” y que “la nueva ley y este marco normativo han reforzado esa idoneidad”.
En el mismo contexto, detalló que “hay un principio de presunción de inocencia, pero resulta que la ley hace inhábiles para poder trabajar con niños a personas que estén incluso en calidad de imputados, o sea, que no están condenados”, comentando que “mientras no se aclare, evidentemente, esa persona no puede tener contacto con esos niños (…) y la fiscalización no solo se entrega respecto del servicio mismo, también a la Subsecretaría de la Niñez, que normalmente no tiene un rol fiscalizador“.
Luego, en directa alusión a lo obrado por Honorato, aseveró que “solo una declaración jurada simple de los representantes legales de las corporaciones que postulan a fondos públicos quedó como requisito para validar que no han cometido delitos, y con eso se asume la idoneidad moral de los colaboradores“, señala uno de los legisladores desde el Congreso.
En la misma sesión de la Cámara, la directora nacional del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, Gabriela Muñoz, también cuestionó la coherencia del reglamento respecto de la ley, afirmando que “hicimos una evaluación a principios de este año de cómo se ha implementado el sistema de Garantías de la Niñez y la Adolescencia, donde vemos desafíos importantes con el complejo proceso de coherencia entre la formulación de los reglamentos, tanto del servicio como de la ley de garantía (…). No existió un proceso de implementación respecto de la ley de garantías”.
Miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Servicio Mejor Niñez señalaron a El Mostrador que el error en el reglamento permitió que, pese a estar imputado en dos causas por abuso sexual contra menores, Gastón Pinochet Donoso, representante legal del OCA “Corporación de Ayuda a la Familia”, recibiera dineros del Servicio Mejor Niñez para su organismo. Por cierto, Pinochet es miembro del Tribunal Electoral Regional del Maule y dirigente de RN.
Fuentes cercanas al caso sostienen que la “Corporación de Ayuda a la Familia” fue reacreditada como OCA a principios de 2022, por el denominado Comité de Expertos, que dependía de la Subsecretaría de la Niñez. Posteriormente, tras reacreditarse, recibió más de mil millones de pesos en los últimos dos años desde el Servicio Mejor Niñez, debido a que en 2022 la entidad no fue fiscalizada.
Pinochet Donoso y su cónyuge, confirman desde el Ministerio Público, están imputados en dos querellas en calidad de autores de delitos de abuso sexual infantil, producción de material pornográfico infantil, violación impropia y amenazas.
Según informó El Ciudadano, a través de Corporación de Ayuda a la Familia, el matrimonio mantenía el proyecto “Residencia de vida familiar Liliana Donoso”, el que consiste en “acoger a 20 niñas vulneradas gravemente en sus derechos, proporcionándoles la satisfacción de sus necesidades biopsicosociales, en un ambiente protector, reparatorio, empático y seguro”, según se describe en un acta del ex Sename.
Frente al caso, el Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores Subcontratados para la Niñez y Juventud (SINTRASUB), en un comunicado emitido en julio pasado, informó que tras estudiar los antecedentes y “consultada nuestra base sindical, es posible corroborar que Pinochet Donoso fue representante legal de la Corporación, organismo acreditado por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, Mejor Niñez”.
En el texto indican que “se acreditó a una entidad que tenía a uno de sus directivos con una investigación gravísima, como es el abuso sexual”, hecho que fue observado por la Unidad de Acreditación y el Consejo de Expertos, de Mejor Niñez.
“SINTRASUB, en su ejercicio fiscalizador, constató, a partir del portal del Registro Civil, sumado al decreto 37 del Ministerio de Economía, que con fecha 04 de marzo de 2023 dicha Corporación tuvo elecciones de directorio, existiendo una modificación silenciosa, donde asume el hijo del Sr. Pinochet Donoso, don Matías Pinochet Aubele, como presidente de la Corporación de Ayuda a la Familia, quien fuera SEREMI de Economía del Maule, entre febrero de 2019 y el 11 de marzo de 2022, en el gobierno de Sebastián Piñera, incumpliendo de esta manera, el artículo 6 bis relativo a las inhabilidades e incompatibilidades para ser colaborador acreditado, según la ley del servicio Mejor Niñez, N°21302″, señala el mismo documento.
De acuerdo con un memorándum del Ministerio de Justicia, las “niñas y adolescentes que residían en aquel entonces en el RPM Residencia Victoria, de Talca, dependiente de la Corporación de Ayuda a la Familia, en la cual el imputado ejercía cargo directivo (Pinochet), eran trasladadas por las educadoras de trato directo de la residencia al domicilio particular del imputado, lugar donde cometía ilícitos”.
Luego de la publicación de estos antecedentes, Fernando Leal, abogado de la causa, interpuso una querella contra el fiscal Julio Contardo y en contra de todos quienes resulten responsables como autores, cómplices o encubridores por los delitos señalados en el Juzgado de Garantía de Talca, asegurando que “los fiscales del caso Pinochet se han negado a realizar diligencias mínimas de investigación, insinuando que no hay antecedentes y solicitando el sobreseimiento de la causa”, expresó la diputada Ana María Gazmuri en la Comisión Investigadora Especial.