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Oposición corre riesgo de quedar sin pan ni pedazo si rechaza la usurpación no violenta PAÍS Créditos: Agencia Uno.

Oposición corre riesgo de quedar sin pan ni pedazo si rechaza la usurpación no violenta

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Uno de los puntos más polémicos que generó el veto presentado por el Ejecutivo frente a la Ley de Usurpaciones fue la gradualidad de penas, en particular, respecto de las tomas de terrenos o viviendas que fuesen realizadas sin violencia. La redacción original establecía que todo delito de usurpación sería penado con cárcel, sin embargo, La Moneda incluyó en el veto una fórmula gradual: un juez será quien evalúe caso a caso y establezca si la infracción tiene una consecuencia privativa de libertad o, bien, se satisface con una multa. Para que la oposición logre imprimir en la ley su redacción original, necesita que se caiga la propuesta del Gobierno, cosa que ya es complicada, y además requiere 2/3 de la Sala para que se mantenga la propuesta inicial. Si no logra ninguna de las dos, el articulado puede terminar sin ley y, en ese caso, prima la legislación actual, que establece directamente que la usurpación no violenta tiene como pena solo una multa.


Apenas el veto a la Ley de Usurpaciones se hizo público –el viernes 29 de septiembre–, la oposición salió en bloque a criticar las medidas propuestas. Si bien son 14 observaciones las que contiene el veto, el foco de polémicas ha estado en que el Gobierno propone establecer una gradualidad de penas en el delito de usurpación no violenta, que van desde la multa hasta la pena de cárcel. La ley despachada recientemente solamente contemplaba la segunda, y ese cambio es el que ha generado más críticas por parte de la oposición. Sin embargo, en caso de que rechacen dicho punto –como comentan bajo reserva–, corren el riesgo de quedar sin ninguna redacción innovadora y, por lo tanto, operaría la normativa vigente: que se penalice la usurpación no violenta con una multa. 

Mientras se tramitaba la medida del Gobierno, desde Apruebo Dignidad comentaron sus aprensiones respecto a la redacción con la que contaba la Ley de Usurpaciones recién despachada por el Congreso. Y es que el documento establecía penas de cárcel, en su menor grado, para todo tipo de usurpaciones: violentas –con violencia sobre las cosas– y las no violentas. 

Finalmente, el Ejecutivo presentó un veto en el que “se hace una modificación de las penas que estaban previstas para hacerlas graduales. Respecto de la usurpación que se hace con violencia e intimidación, se deja la pena que propuso el Parlamento tal como estaba, que es un presidio menor en su grado medio a máximo”, explicó la ministra del Interior, Carolina Tohá. 

“En el caso de la usurpación pacífica, donde no hay violencia e intimidación a las personas y tampoco hay violencia en las cosas, (…) lo que se establece es que el juez va a definir si hay pena de cárcel, que en este caso sería presidio menor en su grado mínimo, o hay multa”, agregó la ministra.

Ese es el punto que más reacciones ha generado en la derecha. El senador y presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI), sostuvo que “toda usurpación es violenta por naturaleza, porque afecta el derecho de otra persona. No entiendo bien la naturaleza del veto, que lo que busca es hacer esta diferencia que existe, a mi juicio, solo en la mentalidad de quienes diseñaron esta política”.

Sin embargo, el senador del PPD y timonel del partido, Jaime Quintana, retrucó y advirtió que en la legislación “siempre ha existido una usurpación violenta y otra no violenta. Y ha habido una porfía en algunos sectores de plantear que una usurpación violenta es lo mismo que una usurpación no violenta”. El senador se refería al artículo 458 del Delito de Usurpación vigente, que establece una distinción entre los hechos cometidos con violencia y sin violencia: “Cuando, en los casos del inciso primero del artículo anterior, el hecho se llevare a efecto sin violencia en las personas, la pena será multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.

Además, explicó que “el autor del proyecto (Felipe Kast y Carmen Gloria Aravena) nunca planteó en la propuesta original pena de cárcel o pena de crimen para la usurpación no violenta. Entonces aquí ha habido una construcción importante del Gobierno, de los parlamentarios, por supuesto de ambos sectores, de Gobierno y oposición”, sostuvo el senador. 

La bancada de diputados de RN, por su parte, redactó una carta dirigida al Presidente de la República, Gabriel Boric, en la que sostienen que admiten que “resulta desconcertante la forma en que se gestó este veto y las presiones formuladas desde el Partido Comunista y el Frente Amplio, presiones a las cuales sucumbió S.E. y que persisten en socavar la agenda de seguridad y contravenir la voluntad de una mayoría de los chilenos que se vio claramente reflejada en el trámite legislativo del proyecto”.

El ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, explicó, respecto del sentido del veto, que la usurpación no violenta –que no genera daño en cosas ni en personas– “también establece la pena de presidio. El juez puede eventualmente aplicar multa si existen determinadas circunstancias que hacen menos grave la comisión del delito. Porque no es lo mismo que un grupo armado entre y se tome un predio, a que una persona en situación de calle instale tres tablas y se ponga a vivir en un sitio eriazo”, sumó.

Además, reafirmó lo mencionado por el senador Quintana y apuntó a la derecha. En tal sentido, dijo que en las dos redacciones originales de la Ley de Usurpaciones, los boletines 14015-25 y el 13.657-07, “no se establecía la pena de presidio respecto de la usurpación no violenta y siempre dijimos que teníamos una diferencia con el marco penal rígido, y que tenía que haber una graduación de acuerdo a las circunstancias en que se cometa el delito, que el juez tiene que evaluar”, aseguró el ministro. 

El riesgo de la oposición 

Más allá de los trascendidos políticos, el tema radica finalmente en una aritmética de los votos al interior del Parlamento. Eso es lo que complica a la oposición y donde el Gobierno tiene una ventaja. 

El Ejecutivo ingresó al Senado un conjunto de 14 vetos distintos: cinco supresivos, cuatro aditivos y cinco sustitutivos. Cada uno de ellos se vota de forma separada y necesita más de un tercio para aprobarse. En el Senado, el oficialismo cuenta con el número mágico: 18. Ahora bien –como se señaló–, cada veto debe ser votado de forma separada y, en caso de que la oposición quiera insistir con la redacción original del proyecto despachado, tiene que rechazarse la propuesta del Gobierno y además necesita los 2/3 del Senado para lograr aquello. A diferencia de La Moneda, la oposición no cuenta con esos números. 

La sumatoria es problemática para la oposición porque, en caso de que hagan caer el veto del Gobierno y no logren congregar a los senadores para conseguir los 2/3, la ley queda sin contenido y, en su defecto, se mantiene la ley vigente. Es decir que, en el punto de la usurpación no violenta, quedaría con pena de multa, sin posibilidad de que un juez dirima si es pertinente una pena de cárcel, como propone el Ejecutivo.

Sin embargo, existe un detalle que puede beneficiar a la oposición. A diferencia de los vetos sustitutivos y supresivos, los aditivos requieren un menor quórum para insistir en la redacción original y ha trascendido que el presidente del Senado, Coloma, tiene la capacidad de recalificar los vetos, es decir, cambiar su calidad y con ello el quórum asociado de insistencia. 

Ahora, hay que considerar que esta alternativa no es muy clara. Según sostiene La Tercera, el Gobierno podría alegar esta maniobra legislativa ante el Tribunal Constitucional (TC), donde cuenta con el voto de Nancy Yáñez, quien es presidenta y tiene el voto dirimente.

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