El próximo 7 de noviembre Felipe Bulnes y su cuñado Marcelo de Moras, enfrentarán una audiencia de formalización por las lesiones graves causadas contra el empresario Jonás Gómez Pacheco, en el contexto de una pelea en un local de Zapallar. El abogado, ex ministro de Justicia y Educación, fue representante de Chile en el litigio con Bolivia en el Tribunal de La Haya y actualmente se desempeña como presidente del Consejo Directivo del Observatorio Judicial y como árbitro de la Cámara de Comercio Internacional (ICC).
Prudencia y decoro es lo que, en general, obligan a mantener a sus miembros organismos tanto nacionales como internacionales. En este caso, el exministro de Justicia y exembajador de Chile en Estados Unidos, Felipe Bulnes Serrano, en su calidad de árbitro del International Chamber of Commerce (ICC, Cámara de Comercio Internacional) podría enfrentar su salida de este organismo luego que sea formalizado por el delito de lesiones graves en contra de un tercero, en una riña donde las pasiones pudieron más que la cordura.
Para el próximo 7 de noviembre ante el Juzgado de Garantía de La Ligua, está prevista la audiencia de formalización de cargos contra el exministro Bulnes, y de su cuñado Marcelo de Moras Alvarado, en el marco de una investigación iniciada por la Fiscalía Local, luego que el 13 de febrero de este año, el aludido iniciara una riña en un local del sector Rambla Alejandro Fierro, en la comuna de Zapallar.
Otro cargo que ostenta Bulnes, y que podría también verse obligado a abandonar dado esta situación, es el de presidente del Consejo Directivo del Observatorio Judicial.
“Estamos muy satisfechos de que el Ministerio Público haya compartido nuestra apreciación que tanto el señor Bulnes como el señor De Moras cometieron el delito de lesiones graves en contra de nuestro representado”, manifestó el abogado querellante Alejandro Awad.
De acuerdo a los antecedentes que serán expuestos ante el Juzgado de Garantía de La Ligua, este hecho se produjo en el marco de un encuentro fortuito entre Bulnes (53) y la víctima y denunciante Jonás Gómez (69), cuando este último estaba cenando con su amigo Ignacio Pérez Walker en el restaurant “César” que se ubica en el extremo sur de la playa del balneario de Zapallar.
El texto acogido por el tribunal indica que “luego de terminar y pagar la cuenta, y mientras se retiraban del local, Ignacio Pérez Walker se acercó a una de las mesas contiguas a saludar a una persona que resultó ser Felipe Bulnes y que se encontraba acompañado de un hombre de mediana edad cuya identidad se desconoce (De Moras). Luego de saludarlo, el señor Walker introdujo a don Jonás, a pesar de que, como se indicó, ambos se conocían de sobra. Ante ello, Felipe Bulnes levanta la voz diciendo de forma grosera “yo a este hueón no lo saludo”.
Agrega: “Nuestro representado, sin perder la calma le dijo que nada había en ello que lamentar porque él “no trataba con bandidos”. Ante esto, Felipe Bulnes perdió súbita y bruscamente el control, abalanzándose sobre don Jonás y dándole una embestida de tal magnitud que lo hizo caer en la playa misma, la que está al menos a un metro y medio bajo la pasarela. Si bien don Jonás se fracturó la mano en ese acto, procuró incorporarse rápidamente. Sin embargo, al subir a la terraza de la cual fue arrojado, fue atacado por el segundo integrante de la mesa, quien lo derribó y le dio varios puñetazos en la cara y la cabeza”.
Posteriormente, en la sede de la Clínica Alemana de Maitencillo, Jonás Gómez fue diagnosticado por dos médicos distintos —uno especialista en traumatología— con una luxación y fractura “de la falange distal, avulsiva con desplazamiento” del dedo mayor de la mano derecha. También certificaron los médicos las lesiones que sufrió en la cara y cabeza, quedando con un hematoma en el ojo.”
Cabe indicar que esta animadversión entre los involucrados viene de hace un tiempo, producto de desavenencias ocurridas cuando Bulnes era abogado de una parte de la familia de la víctima de lesiones.
Por estos hechos y lesiones, Bulnes y su cuñado arriesgan una pena entre 541 días y 3 años según establece el Código Penal.