“En un fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco estableció que el machi Celestino Córdova pueda acceder al beneficio de cumplir su condena por el homicidio del matrimonio Luchsinger-Mackay bajo libertad condicional. La familia y el Gobierno apelarán al fallo.
La Corte de Apelaciones de Temuco estableció hoy que el machi Celestino Córdova cumple con los requisitos legales para poder obtener el beneficio de libertad condicional por la condena en su contra por el homicidio del matrimonio Luchsinger-Mackay ocurrido el 4 de enero de 2013 en la región de La Araucanía.
Este paso da el visto bueno para que la defensa del comunero mapuche pueda tramitar la libertad condicional y pueda cumplir su condena fuera del CET Vilcún, lugar en que se encuentra recluido actualmente.
Córdova fue sentenciado a 18 años de presidio en calidad de coautor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio compuesto por Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay. Antes de este fallo, la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción denegó este beneficio.
Los integrantes de la Segunda Sala en un fallo dividido resolvieron que “el informe psicosocial emanado del organismo técnico de Gendarmería señala que se observan importantes avances (en el condenado Córdova Tránsito), tales como una valoración positiva y adherencia al plan de intervención vigente, labores sistemáticas realizadas dentro de la unidad penal, capacitaciones en CCP Temuco y cursos de capacitación en CET Vilcún, mantiene permisos de salida trimestral y de fin de semana, sin que se indiquen incumplimientos”.
Asimismo, se incluye que el machi ha ocupado de forma positiva los espacios brindados para ayudar al desarrollo espiritual y cultural del pueblo mapuche, en su función de autoridad ancestral.
Debido a este informe que evaluó de forma positiva la reclusión de Córdova, la corte comunicó que “es posible concluir que el sentenciado ha cumplido con la totalidad de las exigencias reglamentarias que le eran aplicables al tiempo de iniciar su condena y mayoritariamente con las exigencias en actual vigencia para optar al beneficio de libertad condicional, manifestando incluso empatía por el daño generado por el ilícito”.
Asimismo, concluyen que el informe de la Comisión de Libertad Condicional -la que negó el beneficio- no guarda coherencia con los antecedentes expuestos y presentados por Gendarmería, declarando que “lo resuelto deviene en un acto arbitrario que afecta la libertad del recurrente”.
Una vez conocido este fallo de la Corte de Temuco, tanto la familia Luchsinger-Mackay como el propio Gobierno, indicaron que realizarán la apelación a lo resuelto.
Por el lado del Gobierno, fue el delegado presidencial de La Araucanía, José Montalva, quien confirmó la apelación por parte del Ministerio del Interior. “Estamos hablando de una resolución que entrega la posibilidad de beneficios carcelarios, de libertad condicional, a una persona que ha sido condenada por uno de los delitos más graves vinculados con la violencia rural ocurridos en nuestra región“, sostuvo la autoridad.
“Hemos pedido a los abogados del Ministerio del Interior que estudien los antecedentes para apelar hoy mismo a esta resolución, con el objeto de que no se tramiten beneficios carcelarios por el delito cometido“, agregó.
El abogado de la familia de las víctimas, Carlos Tenorio, indicó que no tuvieron la chance de estar en la audiencia que decidió dicha resolución, pero aclaró que van a realizar el recurso de apelación ante la Corte Suprema. “No cumple con los requisitos que establece la ley para optar a este beneficio”, aclaró el abogado.
“Pese a que ya está en condiciones absolutamente beneficiosas cumpliendo su condena desde hace mucho tiempo en el CET de Vilcún, estimamos que debe cumplir el máximo rigor de la pena como en derecho corresponde”, sostuvo en La Tercera.