La directora del INDH, Consuelo Contreras, informó en septiembre del año pasado al Presidente Gabriel Boric sobre la imposibilidad de acreditar las consecuencias físicas de violaciones a los derechos humanos para pensiones de gracia. Aseguran que el oficio no fue respondido por La Moneda.
Un duro informe emitido por la Contraloría General de la República, reveló falencias en el proceso de acreditación realizado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en casos relacionados con pensiones de gracia para víctimas de violaciones a los derechos humanos durante las manifestaciones de octubre del 2019.
La investigación arrojó luz sobre la falta de verificación de antecedentes médicos y respaldos en una decena de casos, evidenciando deficiencias en el procedimiento llevado a cabo por el INDH. Según el informe de la Contraloría, el INDH no realizó investigaciones adicionales ni verificaciones independientes de los documentos proporcionados inicialmente por las víctimas para respaldar sus reclamos.
La ausencia de esta validación adicional ha generado críticas, ya que se señala que el Departamento de Acción Social (DAS) de la Subsecretaría del Interior tampoco efectuó una verificación adicional de la información incluida en cada expediente proporcionado por el INDH.
El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, atribuyó la falta de certificados a la responsabilidad del INDH, argumentando que este organismo es el encargado de solicitar los antecedentes médicos necesarios para la acreditación de los casos.
Sin embargo, un oficio fechado el 23 de septiembre de 2022, enviado por la directora del INDH, Consuelo Contreras, al Presidente Gabriel Boric, indica que se advirtió sobre la imposibilidad de seguir acreditando las afectaciones de los postulantes para acceder a las pensiones de gracia. En el documento citado por La Tercera, Contreras informa al Presidente Boric que el INDH carece de las capacidades técnicas y expertise para acreditar las consecuencias físicas derivadas de las violaciones a los derechos humanos.
El oficio destaca que, de acuerdo con la Ley de Presupuesto del año 2022, el INDH solo puede considerar beneficiarias de pensiones de gracia a aquellas víctimas de violaciones a los derechos humanos que sufran un menoscabo permanente, completo o parcial de su capacidad de trabajo, siempre que dichas afectaciones sean acreditadas por el Instituto. Contreras indicó que el INDH sí puede acreditar la condición de víctimas, pero no cuenta con las capacidades necesarias para respaldar las consecuencias físicas derivadas de esos hechos.
Además, la directora del INDH señaló que la inclusión de nuevas funciones y atribuciones mediante leyes distintas a la Ley 20.405, como la Ley de Presupuesto, representa un riesgo para la autonomía del Instituto, ya que impone obligaciones no establecidas por la ley que lo rige.
En el mismo contexto, Contreras sugiere la creación de un órgano encargado de la calificación de víctimas y la admisibilidad de posibles beneficios, conforme a estándares internacionales, para garantizar un procedimiento administrativo accesible, flexible, transparente y público. Este órgano, propuesto en el artículo 7 de la ley 18.056, debería”estar integrado por “personas de excelente reputación moral y profesional, asegurando la imparcialidad” —se lee en el documento enviado por la directora del INDH al Presidente Boric—.
El documento, aseguran desde el INDH, no fue contestado por La Moneda.
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