[ACTUALIZADA] Tralcán SpA recibió un revés en su pretensión de declarar ilegal un dictamen que le revocó un permiso de manejo, luego de denuncias respecto de la destrucción de bosques nativos en Las Cabras, donde la empresa posee 85 hectáreas que pretende dedicar a la plantación de paltos.
El 26º Juzgado Civil de Santiago rechaza la demanda de la Agrícola Tralcán SpA en contra de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), en un emblemático caso de los Planes de Manejo de Recuperación de Bosque Nativo, debido a las acciones de la empresa en el cerro El Chivato del Valle de Quilicura, comuna de Las Cabras, donde la ONG Bosques para Cachapoal (por aquel entones liderada por el actual ministro de agricultura, Esteban Valenzuela) denunció la tala ilegal de bosque nativo y la destrucción de nidos y madrigueras de diversas especies, debido a la intención de Tralcan de “limpiar” el terreno para sembrar 85 hectáreas de paltos.
Como informó El Mostrador, Tralcán es propiedad de Nicolás del Río Silva, hijo de Nicolás del Río Goudie, que a su vez es socio de la familia Solari en la propiedad de Falabella y otras empresas. De hecho, pese a que Tralcán SpA se constituyó en 2016 con un capital de un millón de pesos, al año siguiente aumentó su capital a 30 mil 500 millones.
La demanda se fundamentaba en una decisión adoptada por Conaf en 2019, la cual rechazó una solicitud de Plan de Manejo Forestal de terrenos de propiedad de Tralcán, que había sido previamente aprobada por la misma entidad, pero que se revirtió en función de las denuncias. Según acusaban los demandantes, “la Resolución Impugnada se dictó en exceso de las facultades del Director de Conaf, puesto que la invalidación de un Plan de Manejo requiere de vicios especiales prescritos en una ley especial”. Además, “la Resolución Impugnada es gravemente errónea, al asumir como de APF un terreno que, de acuerdo al texto legal y al saber científico, no cumple con las condiciones para ello”.
Sin embargo, el mencionado Juzgado Civil encabezado por el juez Ricardo Cortés, rechazó la reclamación deducida, argumentando -entre otras cosas- que que no existe vicio alguno en la resolución emitida por la Conaf, tal como ya lo había establecido previamente la Corte de Apelaciones de Rancagua (que había fallado un recurso de protección en contra de Tralcán). Del mismo modo, el tribunal rechazó las reclamaciones del abogado Miguel Aylwin (representante de la empresa) respecto de una supuesta incompetencia del juzgado, por motivos territoriales, así como su pretensión de aplicar una excepción de cosa juzgada, dado que como se indicó anteriormente, ya existía un pronunciamiento al respecto de parte del tribunal de alzada de la Región de O’Higgins.