Varios miembros del Poder judicial han encabezado diversas polémicas, como el juez Urrutia, que otorgó beneficios a reos de alta peligrosidad; la jueza ludópata y el juez Barraza, que entregó la identidad de testigos protegidos. Hoy, es el juez de Familia, Luis Jorquera, formalizado por VIF y hurto.
En menos de 5 meses, el juez de Familia de Arica, Luis Jorquera Díaz ha registrado 2 detenciones y formalizaciones por los delitos de violencia intrafamiliar y hurto falta, además de un sumario administrativo instruido por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Arica. Tras el último incidente, el magistrado permanece alejado de sus funciones, a raíz de que presentó licencia médica.
El caso del juez de Arica se suma a una serie de controversias que han tenido como protagonistas a miembros del Poder Judicial. La más sonada, entre estas, fue la polémica por los autos de alta gama Lexus que la Corporación del Poder Judicial, pensaba comprar para los ministros de la Corte Suprema, inversión que luego se dejó sin efecto, tras conocerse públicamente el caso.
También está la controversia originada por el juez Daniel Urrutia, del 7 Juzgado de Garantía que decidió otorgar beneficios penitenciarios a cuatro reos de alta peligrosidad, recluidos en la Cárcel de Alta Seguridad. Decisión que ha sido objetada por el Ejecutivo y la Fiscalía porque pondría en riesgo investigaciones en curso contra el crimen organizado.
A estos casos se suma también la polémica de María González Yutronic, la llamada jueza ludópata, sobre quien la fiscalía tiene abierta una investigación por estafa, administración desleal y falsificación o uso malicioso de documento público. Y como no olvidar al juez de Garantía Héctor Barraza, quien entregó las identidades de testigos protegidos y agentes encubiertos que ayudaron a investigar a “Los Gallegos” (la facción del Tren de Aragua que actúa en Arica), generando indignación en el Gobierno, Ministerio Público, PDI y Gendarmería.
El primer proceso judicial que enfrentó el juez Luis Jorquera se inició el 3 de septiembre de 2023. En esa ocasión, el juez de Garantía, Rodrigo Urrutia Molina lo formalizó por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en contra de su pareja y abogada de Arica, con la que tiene una hija. Para el resguardo de la víctima, el magistrado le prohibió acercarse a la mujer como a su domicilio, “lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente”, según indica la resolución de la causa RIT 5910-2023.
Pese a que la Fiscalía del Ministerio Público exhibió documentación acreditando lesiones en la mujer, el proceso tomó un rumbo distinto 46 días después. Ello porque el 19 de octubre del año pasado, la jueza de Garantía, Paulina Zúñiga Lira decidió sobreseer definitivamente el caso.
Lo peculiar de la audiencia, es que había sido citada por el Juzgado de Garantía por solicitud de la Fiscalía, para que el imputado se acogiera una suspensión condicional del procedimiento y no para un sobreseimiento definitivo de la causa. En el requerimiento firmado por la fiscal jefe Trinidad Steinert Herrera, el Ministerio Público establecía el cumplimiento durante un año de las condiciones “fijar domicilio e informar al Ministerio Público cualquier cambio del mismo” y también “la de someterse a evaluación y eventual tratamiento contra el control de impulso”.
El juez no se presentó a la audiencia. La razón: simplemente porque de haber aceptado la suspensión condicional del procedimiento, ponía en riesgo su continuidad en el Poder Judicial. Así lo señala expresamente el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, donde en su numeral 5° dice que no pueden ser jueces “los que de conformidad a la ley procesal penal, se hallaren acusados por crimen o simple delito o estuvieren acogidos a la suspensión condicional del procedimiento; y agrega en el numeral 6° que esa inhabilidad también se aplica para aquellos “que hubieren sido condenados por crimen o simple delito”.
Pese a que fue su propia pareja la que lo denunció e inició la causa de violencia intrafamiliar, en la audiencia del 19 de octubre, que sólo era para decidir la suspensión condicional, la magistrada dispuso que la víctima declarara y luego de escuchar su retractación, resolvió el sobreseimiento definitivo del proceso.
La resolución de la magistrada Zúñiga señala que “los antecedentes son suficientes para concluir que aparece de forma indubitada que los hechos investigados en la presente causa, no son constitutivos de delito por el cual fue formalizado el imputado”.
A menos de 5 meses de la detención por violencia intrafamiliar, el juez Jorquera protagonizó un nuevo episodio que lo llevó a ser imputado nuevamente, al ser detenido el 6 de febrero pasado, por el hurto de comida para gatos por un monto de 30.679 pesos en un supermercado de la cadena Santa Isabel en Arica.
Según señala el parte policial exhibido por la Fiscalía “a las 19:10 horas aproximadamente, en el supermercado Santa Isabel ubicado en calle Pedro Aguirre Cerda N° 1010 de la ciudad de Arica, el imputado don LUIS HÉCTOR JORQUERA PINTO, sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro se apropió de 01 atún congelado, 01 salmón de 500 gramos, 01 endulzante marca Daily, 08 sachet de alimento de gato marca Whiskas, 05 sachet Whiskas de salmón para gato, avaluadas en $30.679 pesos, de propiedad del supermercado Santa Isabel”.
Agrega el documento que “el imputado fue sorprendido luego de pagar otros productos e intentar retirarse del lugar cruzando la línea de cajas registradoras, por lo que fue retenido por civiles que se desempeñan como guardias de seguridad en el recinto, hasta la llegada de Carabineros”.
La Fiscalía decidió formalizarlo al día siguiente por hurto-falta. El fiscal regional Mario Carrera explica que el mismo día de la detención, al revisar la bitácora web que registra las detenciones en flagrancia practicadas por las policías, dispuso que el magistrado no se le aplicara el procedimiento habitual para estos casos, donde se dispone sólo la citación de los imputados, ya que la sanción a la que se exponen es sólo el pago de una multa.
Según indica “en esta región desde hace 3 años no pasamos a control de detención los hurtos-falta. A este caso lo pasamos porque yo encontré que, al tener la calidad de juez, no podía no pasarlo. Los hurtos-falta como son penas de multa, los dejamos citados normalmente, no pasan a control de detención”.
La audiencia además tuvo otro particular detalle. El juez de Garantía, Rodrigo Urrutia Molina, quien antes lo había formalizado por lesiones leves a su pareja en septiembre del año pasado, decidió esta vez que la audiencia fuese reservada.
El fiscal Carrera señaló que para el Ministerio Público es irrelevante esta decisión, “dado que no tiene ningún sentido. La prueba de ello es que Uds. tienen el acta de la audiencia”. Respecto de si esta determinación pretendió ejercer una protección del juez a otro par, Carrera expresa que “esa pregunta deben hacerla al defensor, al imputado o al juez. Nosotros cumplimos con pasarlo a control de detención. Yo estimé que había que pasarlo a control de detención, porque estimé que la exigencia a un funcionario público con esa categoría, tiene que ser mayor que la de otros ciudadanos”.
Tras oír la formalización, el magistrado negó su participación en los hechos, por lo que el tribunal debió fijar una nueva audiencia para el próximo 7 marzo, donde se realizará un juicio abreviado con las pruebas que presente la Fiscalía.
El Ministerio Público está solicitando la pena de multa de 4 Unidades Tributarias Mensuales (257.372 pesos) y la rebaja a 1 UTM en caso de que el juez acepte su responsabilidad.
Ante la consulta de El Mostrador sobre si se aplicará alguna sanción al magistrado por la detención en el supermercado, la Oficina Regional de Comunicaciones del Poder Judicial emitió un comunicado señalando que “conocidos los hechos por esta Corte de Apelaciones, el Tribunal Pleno acordó -por decisión unánime- abrir una investigación disciplinaria en contra del magistrado Luis Jorquera Pinto, que se encuentra en curso, y que quedó a cargo del fiscal judicial de esta Corte”.
Sobre la reserva de la audiencia, indicó que “ésta es una decisión jurisdiccional y, en tanto tal, es susceptible de impugnación por la vía de los recursos que la ley provee y que en este caso no se dedujeron, razón por la cual esta Corte de Apelaciones no ha tomado conocimiento formal alguno sobre la citada reserva”.
El mismo día del control de detención, el abogado santiaguino Jorge Bell Mardones, en representación de Cencosud Retail S.A., presentó también una querella por la sustracción de especies en el supermercado de Arica, sumándose como un interviniente que probablemente requerirá una compensación al magistrado por el hurto de las especies.
En tanto, consultada la Defensoría Penal Pública Regional respecto del tratamiento deferente aplicado al juez de Familia, al solicitar la reserva de la audiencia de control de detención, la Oficina de Comunicaciones indicó que el tema sería llevado a consulta a su nivel central para emitir un pronunciamiento.
2Audiencia para suspensión condicional del perocedimiento