Publicidad
Portazo a las isapres: TC excluye a las aseguradoras de los alegatos sobre mutualización PAÍS Créditos: Agencia Uno

Portazo a las isapres: TC excluye a las aseguradoras de los alegatos sobre mutualización

Publicidad

El Tribunal Constitucional le dio un golpe a las isapres y clínicas al rechazar la solicitud de audiencia para presentar los alegatos contra la admisibilidad del requerimiento que busca declarar inconstitucional la mutualización de las aseguradoras, en marco de la Ley Corta de isapres.


Las aseguradoras privadas y clínicas recibieron un portazo por parte del Tribunal Constitucional en marco de la Ley Corta de Isapres, luego de que se hayan rechazado las audiencias solicitadas por estas para discutir una eventual inconstitucionalidad del artículo que habla de la mutualización de riesgo.

El de día de ayer, la instancia declaró la admisibilidad del requerimiento presentado a inicios de febrero por senadores oficialistas, ordenando que solo el gobierno, el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados puedan intervenir en la decisión.

El requerimiento presentado por los parlamentarios Juan Ignacio Latorre (RD), Daniel Núñez (PC), Claudia Pascual (PC) y Juan Luis Castro (PS) apunta a la inconstitucionalidad de la indicación N°8 planteada por la oposición. En ella, se busca la mutualización de las deudas de las aseguradoras a los más de 700 mil cotizantes que sufrieron cobros en exceso.

De este modo, la medida busca reducir la deuda ordenada por la Corte Suprema de $1.180 millones de dólares a solo USD $451 millones.

Exclusión del TC

Según indicó Radio Bío Bío, las isapres Banmédica, Vida Tres más Clínica Dávila presentaron alegatos a la admisibilidad del TC al recurso presentado por los senadores oficialistas. Sin embargo, la instancia negó las audiencias solicitadas, por lo que quedaron fuera de los alegatos.

“Se otorgará traslado a S.E. el Presidente de la República, al H. Senado y la H. Cámara de Diputadas y Diputados, para que en un plazo de cinco días se pronuncien sobre el asunto sometido a la decisión del Tribunal”, precisó el pleno del TC el día de ayer tras “admitir a tramitación y declarar admisible el requerimiento”.

“Con ello, posteriormente esta Magistratura resolverá sobre el fondo del requerimiento escuchando alegatos de las partes en su oportunidad”, finalizaron.

 

Publicidad

Tendencias