Matus declaró 112 personas, instituciones o empresas como fuentes de inhabilidad. Vivanco, en tanto, declaró solo 15. La Fiscalía abrió investigación contra ella, debido a revelaciones efectuadas por El Mostrador respecto de su papel en un litigio entre Codelco y empresa bielorrusa.
Pese a que en los últimos años la Corte Suprema ha intentado transparentar los intereses de sus integrantes, publicando en su sitio web las inhabilidades que les afectan para resolver determinadas causas, ninguno de los actuales ministros del máximo tribunal del país incluyó a Luis Hermosilla dentro del listado de personas o instituciones con las cuales poseen causales de inhabilidad en el conocimiento de causas.
Ello, pese a los antecedentes públicos que se conocen hoy, no solo en términos de las estrechas relaciones que Hermosilla poseía con varios ministros de la Suprema y también de la Corte de Apelaciones de Santiago, las que ayer decantaron en la suspensión y la apertura de un cuaderno de remoción en contra de la ministra Ángela Vivanco. Esta decisión fue adoptada por el máximo tribunal a raíz de los antecedentes publicados el pasado fin de semana por el newsletter +Política de El Mostrador –bajo el título “La ‘muñeca bielorrusa’ que complica a la suprema Ángela Vivanco”–, respecto de la forma en que operó la ministra en un litigio entre una empresa bielorrusa y Codelco, y debido a un reportaje de Ciper que dejó en evidencia la estrecha relación que la jueza poseía con el actualmente preso abogado Luis Hermosilla.
Todo ese cúmulo de antecedentes, además, generó anuncios de acusaciones constitucionales en contra de ambos magistrados y, en el caso que implica a la empresa bielorrusa, la Fiscalía dio a conocer anoche, además, el inicio de una investigación penal, a cargo de la Fiscal Regional de Los Lagos, Carmen Gloria Wittwer. De acuerdo con el Ministerio Público, se trata de “hechos que eventualmente podrían revestir carácter de delitos como tráfico de influencias, negociación incompatible y cohecho”.
Cabe indicar que la Constitución establece, en su artículo 19 número 3, el derecho a “la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos” y muchos de los ministros invocan este artículo, sin mayores precisiones, como la razón por la cual se inhabilitan ante determinadas empresas, instituciones o personas.
Un ejemplo de ello es lo que se observa en la declaración de María Gajardo Harboe, quien señala estar inhabilitada, a partir de aquello, de conocer causas que tengan que ver con la Corporación Administrativa del Poder Judicial. A su vez, su colega Andrea Muñoz invoca la misma causa respecto de las empresas en las cuales laboran su esposo y su cuñado e, incluso, también lo hace en relación con un abogado con quien manifiesta tener amistad.
No obstante, la mayor cantidad de inhabilidades que los supremos mencionan son aquellas descritas en los artículos 195 y 196 del Código Orgánico de Tribunales.
El primero habla de las causales de “implicancia”, es decir, aquellas situaciones que –como lo explica el libro El juicio arbitral, del abogado y expresidente Patricio Aylwin– son “verdaderas prohibiciones impuestas a los jueces o a otros funcionarios judiciales”. El artículo 196, en tanto, establece un largo listado de causales de recusación, las cuales –según el mismo texto– “son presunciones de falta de imparcialidad de parte del juez u otros funcionarios”.
En el artículo 195, entre otras, se establecen como implicancias las relaciones familiares cercanas de un juez, así como los intereses de sus familiares cercanos. En el caso de quienes ejercen la judicatura en temas penales, además, se detalla como causal de implicancia el haber sido fiscal, defensor o juez de un procedimiento que luego llegue a su conocimiento.
En el caso del artículo 196, en tanto, las causas de recusación también abarcan temas familiares, pero amplían el rango, determinando que también puede ser causal de recusación el tener deudas con alguna de las partes, ser “dependiente asalariado” (o a la inversa) de alguien que está en el litigio y, además, “haber el juez recibido de algunas de las partes un beneficio de importancia, que haga presumir empeñada su gratitud” (artículo 14), “tener el juez con alguna de las partes amistad que se manifieste por actos de estrecha familiaridad” (artículo 15) o “tener el juez con alguna de las partes enemistad, odio o resentimiento” (artículo 16), entre otras.
El ministro Jean Pierre Matus, por ejemplo, quien posee un listado con 112 nombres de personas e instituciones, incluyó sobre la base del artículo 196 número 14 a todos los senadores que votaron a su favor cuando fue ratificado como ministro de la Suprema, así como a quien lo nominó para ese puesto en 2021, el expresidente Sebastián Piñera.
Cabe recordar que, luego de su ratificación, Matus le agradeció –por chat– a Hermosilla: “Entre tanta felicitación y demás se me había olvidado darte las gracias por todo”.
Dos años antes, Matus había recibido más de 14 millones de pesos, después que intermediara en la contratación de un informe en derecho del profesor alemán Kai Ambos, destinado a la defensa del exministro Andrés Chadwick, quien enfrentó una acusación constitucional que terminó destituyéndolo del Ministerio del Interior a fines de 2019, informe que fue pagado por Hermosilla, con dinero que le facilitó Daniel Sauer.
En el listado de recusaciones de Matus aparece una serie de abogados respecto de los cuales él indica ser amigo, como Ciro Colombara, Felipe Echaiz, Claudio Guerra o Clemente Pérez. Sin embargo, en su listado es notoria la ausencia de otro de sus colegas: Luis Hermosilla.
Lo mismo sucede respecto de la ahora suspendida ministra Angela Vivanco, que solo tiene 15 inhabilidades declaradas, respecto de varios bancos, así como de una AFP, una isapre y del Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Del mismo modo, declara también inhabilidades acerca de sus parientes y, en el caso de su pareja, Víctor Francisco Migueles, indica una recusación por la causal de “amistad”.
Sin embargo, en el caso de Hermosilla, los chats revelados el domingo por Ciper evidencian no solo la ayuda que este le dio en su afán por integrar la Corte Suprema, hablando con distintas personas, entre ellos Andrés Chadwick, y diciéndole que “eres la candidata del presidente”.
Luego de ser ratificada por el Senado, la ya entonces ministra del máximo tribunal del país demostró también su agradecimiento de modo muy semejante al de Matus, aunque fue más enfática: “Luis, mil gracias por TODO, que es mucho”, consignó el mismo sitio, que además dio a conocer otras conversaciones en las cuales se aprecia cómo operaron en distintas causas.
De hecho, entre los cargos que fundamentan el inicio del proceso de expulsión en su contra se hallan la interferencia en la designación del último Fiscal Nacional, en el nombramiento de conservadores de Bienes Raíces de Viña del Mar y Concón, así como las irregularidades en la trama bielorrusa y la “intervención en nombramientos de ministros y ministras de cortes en coordinación con el abogado Luis Hermosilla Osorio”.
También la culpan de “intromisión en causas en tramitación y en la integración de salas de la Corte Suprema, con el abogado Luis Hermosilla Osorio” y de haber entregado información “acerca de causas relacionadas con miembros de Carabineros de Chile y de las Fuerzas Armadas de conocimiento de la Tercera Sala de esta corte antes de la firma de la sentencia y su notificación, y efectuar recomendaciones procesales al abogado antes mencionado”.
Igualmente, se indica que estaba en “concertación con el abogado ya referido para obtener el nombramiento de miembros de este tribunal afines a sus intereses”.
Sin embargo, no son los únicos ministros que nada dicen respecto de Hermosilla en sus declaraciones de inhabilidad. Otros que han sido mencionados en relación con el abogado, como Mario Carroza o María Teresa Letelier, tampoco lo mencionan, así como igualmente no lo hace el resto del tribunal.
Revisa las inhabilidades del ministro Matus
Revisa las inhabilidades de la ministra Vivanco