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Eduardo Macaya sigue en prisión por abuso sexual a menores: Corte Suprema rechazó recurso de nulidad PAÍS

Eduardo Macaya sigue en prisión por abuso sexual a menores: Corte Suprema rechazó recurso de nulidad

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La defensa alegaba vulneración al debido proceso y la presunción de inocencia. Sin embargo, el máximo tribunal descartó estas acusaciones, “por tratarse de un cuestionamiento que carece de la sustancialidad”. La sentencia de seis años se mantiene firme.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Eduardo Juan Macaya Zentilli, condenado a seis años de prisión por cuatro delitos de abuso sexual de menores en Placilla. La defensa alegaba vulneración al debido proceso y la presunción de inocencia. Sin embargo, el tribunal descartó estas acusaciones, señalando que el fallo se basó en pruebas presentadas por ambas partes y que no se invirtió la carga de la prueba. La sentencia de seis años se mantiene firme.
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La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa, en contra de la sentencia que lo condenó a Eduardo Juan Macaya Zentilli a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, en calidad de autor de cuatro delitos consumados de abuso sexual de menores de 14 años de edad. Ilícitos cometidos entre abril y mayo del año pasado, en la comuna de Placilla, Región de O’Higgins.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier, Dobra Lusic y las abogadas (i) Leonor Etchebery y Pía Tavolari– descartó infracción al debido proceso y vulneración al principio de presunción de inocencia en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando.

“En cuanto a la causal invocada de manera principal, en que se denuncia la infracción al debido proceso, y más particularmente la garantía de presunción de inocencia, al haberse invertido la carga de la prueba imponiendo al acusado la obligación de demostrar su inocencia, infracción que se habría producido en el fundamento 42° de la sentencia recurrida, en el que la magistratura interpeló a la defensa por no producir prueba para desvirtuar la credibilidad del relato de (…), deberá ser descartada por tratarse de un cuestionamiento que carece de la sustancialidad necesaria para configurar la nulidad alegada“, sostiene el fallo.

Además, la Corte Suprema destacó que la defensa no objetó las demás consideraciones que el tribunal de San Fernando esgrimió para llegar a su fallo condenatorio. Entre estas, se encuentran los peritajes psicológicos y las metapericias presentadas, donde se concluyó que el testimonio de la víctima fue consistente y creíble a lo largo del tiempo.

El fallo concluye que el recurso de nulidad no evidenció una infracción sustancial que afectara las garantías procesales del acusado, por lo que el recurso fue rechazado. De esta manera, se confirma la condena de seis años de cárcel efectiva para Macaya Zentilli.

Consulta el comunicado del Poder Judicial.

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