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Compra casa de Allende: Tribunal Constitucional aplaza decisión sobre la ministra Fernández PAÍS

Compra casa de Allende: Tribunal Constitucional aplaza decisión sobre la ministra Fernández

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El proceso está en la etapa de asegurar el pago a los abogados que presentaron el escrito. Tienen un plazo de cinco días para abonar $500 mil.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
El Tribunal Constitucional dejó en suspenso la admisión a trámite del requerimiento que busca destituir a la ministra de Defensa, Maya Fernández, por la fallida venta de la casa de Guardia Vieja a Bienes Nacionales. El proceso está en la fase de afianzar el pago de $500 mil por parte de los abogados que presentaron el escrito, monto que será reembolsado si la tramitación avanza. La decisión fue tomada por la Primera Sala del TC, que indicó que el procedimiento continuará conforme a la ley, en línea con el artículo 118 de la Constitución.
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El Tribunal Constitucional dejó en espera el pronunciamiento sobre la admisión a trámite del requerimiento que busca destituir de su cargo a la ministra de Defensa, Maya Fernández, por la polémica y fallida venta a Bienes Nacionales la casa de Guardia Vieja en que vivió el expresidente Salvador Allende.

El requerimiento se encuentra en la fase en que el TC solicita afianzar  “el resultado de la acción que busca declarar la inhabilidad para permanecer en el cargo de un Ministro de Estado”, eso quiere decir, al pago de una “fianza” que asciende a $500 mil que deberán realizar los dos abogados particulares que presentaron el escrito, en un plazo de cinco días, de acuerdo a la determinación.

De llevar a cabo la tramitación, el dinero será reembolsado, de lo contrario, si no tiene sustento, queda a disposición del Estado.

A través de un comunicado, el TC señaló que la decisión pasó por cuenta de la Primera Sala, integrada por Daniela Marzi Muñoz (presidenta), Nancy Yáñez Fuenzalida, Miguel Ángel Fernández, Héctor Mery Romero y Alejandra Precht Rorris.

Además, el TC añade en una declaración que la tramitación de este requerimiento “continuará conforme a lo establecido en la Ley”.

Este procedimiento está establecido en la Constitución, que busca garantizar la responsabilidad de los reclamos elevados al tribunal y con esto, evitar la presentación de escritos sin justificación que entorpecerían la revisión de otras tramitaciones.

Según el artículo 118 que citan los ministros en la determinación, indica que  “las personas naturales o jurídicas que no sean órganos constitucionales y que deduzcan la acción pública a que se refiere el inciso decimoquinto del artículo 93 de la Constitución Política, estarán obligadas a afianzar las resultas de su acción a satisfacción del Tribunal, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 128 y 137 de esta ley”.

Revisa a continuación la publicación del Tribunal Constitucional:

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