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Coronel y capitán de Carabineros fueron condenados por obstrucción en causa del estallido social PAÍS Créditos imagen: Poder Judicial

Coronel y capitán de Carabineros fueron condenados por obstrucción en causa del estallido social

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El Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique condenó al coronel (r) Pablo Capetillo y al capitán Juan Fuentes por ocultar pruebas que demostraban la inocencia de un estudiante imputado de agredir a un funcionario durante el estallido social.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
El Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique sentenció al coronel (r) Pablo Capetillo y al capitán Juan Fuentes por obstrucción a la investigación, tras ocultar videos que demostraban la inocencia de un estudiante imputado en 2019 por agredir a Carabineros. La evidencia, encontrada en sus celulares, probó que la acusación era falsa. Capetillo recibió 700 días de presidio menor y Fuentes 300 días. El fiscal Luis González destacó que el caso refleja corrupción pública, vulneración de derechos humanos y afectación del debido proceso.
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Por obstrucción a investigación calificada el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Coyhaique sentenció al coronel (r) y prefecto de Carabineros de Aysén, Pablo Capetillo Contreras, y al capitán de Carabineros Juan Fuentes. Esto luego de que el tribunal de primera instancia acreditara que ambos ocultaron videos que exculpaban a un estudiante acusado de lanzar piedras a un carabinero durante las protestas del estallido social en 2019.

Martín Sanhueza, entonces estudiante universitario, fue imputado en noviembre de ese año como autor de desórdenes públicos y maltrato de obra a Carabineros, con resultado de lesiones graves. Ocho funcionarios de la institución sindicaron a Sanhueza como el responsable del ataque en contra de Fuerzas Especiales.

Dicha imputación fue refutada por la familia del estudiante luego de que recibieran un video grabado por un testigo del incidente, y que demostraba la inocencia del estudiante en los hechos: el 11 de noviembre de ese año Juzgado de Garantía de Coyhaique anuló la prisión preventiva decretada en su contra una vez fue presentado por la Defensoría Penal Pública.

Además, al contradecir el registro audiovisual las declaraciones de los carabineros que prestaron testimonio contra Sanhueza, el Ministerio Público instruyó una investigación por obstrucción a la justicia, que concluyó con la formalización de Capetillo una vez se encontrara tanto en su celular como en el de Fuentes videos que demostraban que el autor de dicho ataque no era el joven imputado.

En abril de 2020 Fuentes fue formalizado por los delitos de obstrucción a la investigación y falsificación de documento público. El Tribunal de Garantía de Coyhaique decretó arraigo nacional para él y Pablo Capetillo. Un año después, el 14 de abril de 2021, el Ministerio Público anunció el cierre de la investigación. En octubre de ese mismo año, se llevó a cabo la audiencia de preparación de juicio oral.

En la lectura de sentencia el magistrado Pablo Freire informó que Capetillo fue condenado a 700 días de presidio menor en su grado medio, mientras que Juan Fuentes a a 300 días de presidio menor en su grado mínimo. Sin embargo, se sustituyó la condena de los imputados por la remisión condicional del procedimiento al cumplir ambos con los requisitos de la ley 18.216.

“Es un delito de corrupción pública. Carabineros, de acuerdo a lo que se determinó en la investigación, ocultó prueba relevante al Ministerio Público. Eso implicó que una persona que, si bien había cometido desórdenes, fue imputada por lesiones a un funcionario y había pruebas para desestimarlo desde un primer momento. Obviamente, vulneró el debido proceso y los derechos humanos”, señaló en conversación con Ciper el fiscal adjunto Luis González.

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