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Tras fallo de CS: Directora de Saint George llama a “no exponer a nuestros y nuestras estudiantes” PAÍS

Tras fallo de CS: Directora de Saint George llama a “no exponer a nuestros y nuestras estudiantes”

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El Máximo Tribunal sentenció que la decisión final respecto a la matrícula de los estudiantes responsables debe pasar por el propio colegio y no por sede judicial. “Para nosotros no hay ganadores ni perdedores en este proceso”, aseguró Paula Noemí, directora del recinto.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Corte Suprema revocó la expulsión de cuatro alumnos del Colegio Saint George’s que usaron inteligencia artificial para crear montajes de compañeras con cuerpos desnudos. El fallo, en votación dividida, reconoció la autonomía del colegio para decidir sanciones dentro de su reglamento interno y destacó las medidas pedagógicas y psicosociales implementadas. La rectora Paula Noemí enfatizó la necesidad de aprender de la situación sin exponer a los estudiantes. El caso reavivó el debate sobre la autonomía escolar y la proporcionalidad de las sanciones disciplinarias.
Desarrollado por El Mostrador

La Corte Suprema revocó la expulsión de cuatro estudiantes del Colegio Saint George’s de Vitacura, quienes habían utilizado inteligencia artificial para manipular imágenes de siete compañeras, generando montajes en los que sus rostros aparecían sobre cuerpos desnudos. La decisión del máximo tribunal dejó sin efecto la orden de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había determinado la cancelación de matrícula de los alumnos tras acoger un recurso presentado por los apoderados de las afectadas.

El fallo de la Tercera Sala del Tribunal Supremo, en votación dividida, descartó que la decisión del colegio de aplicar la condicionalidad de la matrícula en lugar de la expulsión fuera ilegal o arbitraria. Además, subrayó la autonomía constitucional de los establecimientos educacionales privados para definir las sanciones dentro de su reglamento interno.

“La elección de una de las sanciones disciplinarias posibles dentro del catálogo de las definidas en el reglamento interno de un establecimiento educacional privado se inserta en su proyecto formativo”, señala la sentencia. En esa línea se remarca que “no se aprecia transgresión a la legalidad, en tanto la decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados”.

Asimismo, la resolución destacó que el colegio implementó “medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales” complementarias a la sanción impuesta.

Tras el fallo, la rectora del establecimiento, Paula Noemí, se dirigió a la comunidad escolar a través de un comunicado. “Como Dirección del Colegio queremos ser enfáticos en señalar que para nosotros no hay ganadores ni perdedores en este proceso. Todos somos miembros de una comunidad cuya riqueza radica en la diversidad, en el respeto mutuo por las legítimas diferencias y en la cohesión que nos da el pertenecer a un proyecto formativo basado en los valores y visión educativa de la Congregación de Santa Cruz”.

En esa línea, Noemí llamó a “no exponer a nuestros y nuestras estudiantes, todos menores de edad; confiar en que podemos resolver nuestras diferencias internamente; y aprender de esta situación que afectó a nuestra comunidad”.

El caso generó debate en torno a la autonomía de los establecimientos privados y la proporcionalidad de las sanciones disciplinarias. Mientras los apoderados de las estudiantes afectadas buscaban una sanción mayor, el fallo reafirmó la capacidad del colegio para decidir sobre las medidas aplicadas dentro del marco de su normativa interna.

“Nuestro deseo es que el Colegio, sus estudiantes y apoderados salgan fortalecidos de este doloroso episodio y que todos reflexionemos sobre el riesgo que el uso de las tecnologías conlleva, riesgos que debemos contribuir a minimizar”, cerró la directora del establecimiento.

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