El 22 de junio fue presentada contra del exdiputado Daniel Melo (PS). En ella se acusan delitos de tráfico de influencias, cohecho y obstrucción a la investigación en contra del exparlamentario, del exalcalde de El Bosque Sadi Melo –padre del otrora diputado– y otras tres personas. Todo esto relacionado con hechos que se habrían cometido durante el proceso investigativo de una denuncia de violencia intrafamiliar, en la que la Fiscalía no perseveró. En la querella, se acusó presiones a testigos de ese caso a cambio de cargos en el municipio de El Bosque, así como la intervención de personas cercanas a la familia Melo [ACTUALIZADA]
En el 11° Juzgado de Garantía de Santiago fue interpuesta esta querella que apunta en contra del exdiputado socialista Daniel Melo, su padre Sadi Melo –exalcalde de El Bosque e integrante del Comité Central del PS– y tres personas más, entre ellas, la expareja de otro hijo del exjefe comunal. La acción penal fue presentada por M.I.S.B., expareja de Daniel Melo, quien antes lo había denunciado por violencia intrafamiliar habitual, caso en el que la Fiscalía no perseveró.
De hecho, esta querella tiene relación con esa causa, pues la demandante acusó que existió intervención en los testigos y testimonios presentados por la defensa de Daniel Melo y su familia ante la justicia. En particular, la querella es por los delitos de cohecho, tráfico de influencias y obstrucción a la investigación.
“La señorita Yenny Lorca Lorca, Jefa de Gabinete de la Alcaldía del mencionado Municipio (El Bosque), concurrió por instrucción de su jefe directo a prestar una declaración diseñada para desorientar la investigación, focalizada en una permanente denigración a mi persona y negando la violencia intrafamiliar reiterada por parte del hijo de su jefe en mi contra, la que como he explicado en el párrafo 2, el Sr. Sadi Melo Moya ya había reconocido en una conversación privada que tuvo conmigo posterior a los hechos”, dice un párrafo de la querella, donde se asegura que ese vínculo se omitió durante la declaración en la causa de violencia intrafamiliar y que la Fiscalía hizo caso omiso. Este se presenta como un hecho relativo a la obstrucción a la investigación en la querella.
En el documento se especifica que la demandante solicitó la declaración de su expareja, Patricio Sáez Ríos, quien posteriormente se negó a colaborar. Según acusó la parte querellante, tiempo después, Sáez aparecería como funcionario municipal en El Bosque –entre mayo y agosto de 2019– con un sueldo superior a $1.777.000. “Se logró por medio de pagos con cargo a la municipalidad de El Bosque, se evitara la declaración de un testigo de la causa, lo que es constitutivo de cohecho activo por parte de don Sadi Melo y de obstrucción a la investigación tanto de él como del querellado”, afirma la querella.
El documento agrega que, dado el caso de violencia intrafamiliar, M.I.S.B fue derivada al Servicio Nacional de la Mujer, donde en ese tiempo Carolina Paz Farías se desempeñaba como jefa de Gabinete de la Secretaría Regional Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género en la Región Metropolitana, a quien se acusa en la querella de “realizar gestiones para solicitar intervención política y judicial a diversos funcionarios y autoridades de la administración pública, así como a filtrar información de la carpeta investigativa al interior del Partido Socialista de Chile”.
“Farías Pinto es familiar de Daniel y Sadi Melo, ya que fue pareja y tuvo un hijo con Francisco Melo Contreras, hermano de Daniel, además, es necesario mencionar que también antes de trabajar en SERNAMEG recibió pagos de parte de la I.M. de El Bosque”, agrega el documento, donde se establece que esto influyó en la decisión del Tribunal Supremo del PS de no expulsar a Daniel Melo del partido.
La defensa de Daniel Melo fustigó las acusaciones y presentó un recurso de reposición, el que fue rechazado. «Los hechos referidos son absolutamente falsos y sólo existen en la imaginación febril de una persona que ha hecho como su motivo de vida destruir la existencia moral de mi representado», dice el texto de la defensa. Sobre la acusación de obstrucción a la investigación, sostuvo que «este tipo penal tiene como exigencia típica la aportación de antecedentes falsos, y ello no es mediante la supuesta declaración mendaz de un testigo como el libelo de la querella invoca, caso en el cual debería haberse citado el delito de falso testimonio». Lo mismo realiza la defensa con el cohecho y el tráfico de influencias, donde acusa un error en la asignación de estos delitos.
Para el 20 de agosto está fijada una audiencia, solicitada por la defensa de Daniel Melo, para debatir su sobreseimiento definitivo en esta causa penal.