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Sigue la teleserie del TC y las aseguradoras por el tercer retiro: se pide nulidad de sentencia por el cambio de voto del ministro Pozo

Sigue la teleserie del TC y las aseguradoras por el tercer retiro: se pide nulidad de sentencia por el cambio de voto del ministro Pozo

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En enero pasado, el Tribunal Constitucional informó el rechazó del requerimiento de 4Life Seguros, el que buscaba declarar inconstitucional la reforma que permitió los retiros de fondos previsionales con cargos a las rentas vitalicias, aprobado por el Congreso en 2021. Sin embargo, la sentencia, emitida tres meses después, figura acogiendo la petición. Ante la solicitud de rectificación del Consejo de Defensa del Estado (CDE), el TC justificó la resolución señalando que uno de los ministros había cambiado su voto. Ahora, el CDE pide anular todo el proceso y volver a ver la causa con ministros no inhabilitados.


Ya lleva seis meses la “teleserie” entre el Tribunal Constitucional (TC) y 4Life Seguros. En el último capítulo, con fecha 1 de junio de 2022, fue ingresado un recurso de nulidad que busca dejar sin efecto la resolución del pasado 26 de abril que acogió el requerimiento de la aseguradora, el que pide declarar inconstitucional la reforma —aprobada por el Congreso— que permitió el año pasado los retiros de fondos previsionales con cargos a las rentas vitalicias. Todo esto en el marco del llamado tercer retiro 10%, que modificó la Carta Fundamental para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias.

El escrito presentado por la abogada procuradora fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Ruth Israel López, en representación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), señala que se han constatado serios e insalvables vicios que ameritan declarar nulo todo lo obrado hasta antes de la vista de la causa.

Repasemos los episodios.

Todo partió el 4 de enero pasado cuando el TC informó a los intervinientes y a la ciudadanía sobre el rechazo del requerimiento de inaplicabilidad de los incisos 12, 13 y 14 del artículo quincuagésimo transitorio de la Constitución Política de la República, deducido por 4Life Seguros de Vida S.A.

Los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad fueron rechazados en votación de cinco votos contra cinco. Estuvieron por acoger tales requerimientos los ministros: Iván Aróstica Maldonado, María Luisa Brahm Barril, Cristián Letelier Aguilar, José Ignacio Vásquez Márquez y Miguel Ángel Fernández González. Por su parte, los ministros Juan José Romero Guzmán (presidente), Gonzalo García Pino, Nelson Pozo Silva, María Pía Silva Gallinato y Rodrigo Pica estuvieron por el rechazo”.

Después de aquello, solo quedaba pendiente la redacción del fallo.

Pues bien, según la sentencia dictada el 26 de abril y comunicada el 29 de abril al CDE, se resuelve: acoger el requerimiento de la compañía, por lo que se declara la inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo único, incisos 12, 13 y 14, de la Ley No 21.330, que modifica la Carta Fundamental, para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias.

Ante tamaña diferencia entre un fallo anunciado y su redacción, el CDE ingresó al Tribunal Constitucional, el pasado 6 de mayo, la solicitud de rectificación. La respuesta fue que, con fecha 19 de abril de 2022, el ministro Nelson Pozo Silva cambió su voto en la referida causa y solicitó dejar constancia en el acta…

¿Todo de nuevo?

Es por esto que, el pasado 1 de junio, la abogada del fisco ingresó un nuevo recurso, esta vez para anular la causa. Alega la infracción de varios artículos aplicables al TC al adoptar sus acuerdos.

“Es evidente, entonces, que la sentencia definitiva comunicada a esta parte se dictó con manifiesta infracción a derecho, obviando las reglas aplicables a los acuerdos de tribunales colegiados exigibles al Tribunal Constitucional por aplicación de las normas del Código Orgánico de Tribunales y, por esa vía, violentó groseramente las reglas más elementales del debido proceso”, expresa el escrito.

Agrega que, además del cambio de voto, la secretaria María Angélica Barría Meza, al manifestar que el ministro Nelson Pozo gozaba del derecho a cambiar su voto, se aleja de su rol y obligaciones como ministro fe, que se limita a certificar la existencia de los hechos precisos y objetivos que consten en el proceso.

Por ello, pide declarar la nulidad y “procederse a una nueva vista de la causa, por ministros no inhabilitados, con costas, si hubiese oposición de la contraria”.

Además, deja constancia de que con fecha 1 de junio no aparecen publicados en la página web del TC el comunicado de 4 de enero de 2022, referido a los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, ni el acta de sesión del Pleno de 19 de abril de 2022.

Experto en nulidades

En paralelo y al interior del Tribunal Constitucional, se libra otra disputa: la lucha por alcanzar el sillón presidencial del organismo. Entre los aspirantes está precisamente el ministro que cambió su voto en favor de la aseguradora, Nelson Pozo Silva.

El abogado de larga trayectoria y que llegó al tribunal en un “cupo” del Partido Socialista (designado por el Senado), ya se ha visto involucrado en escándalos. El más notorio tiene que ver con el plagio –paradójicamente por su libro sobre nulidades: La nulidades procesales–, publicado en 1986 y que, según investigación de El Libero (2015), tendría citas idénticas de una publicación jurídica argentina de 1980, titulada “Estudios de nulidades procesales”. Ante esto, Pozo siempre ha dicho que la acusación tiene que ver con motivos políticos.

Por ahora, queda esperar a ver cómo termina esta «teleserie».

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