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Hernán Corral en picada contra el proyecto de Constitución del Consejo Constitucional

Hernán Corral en picada contra el proyecto de Constitución del Consejo Constitucional

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El abogado y doctor en Derecho, profesor de la Universidad de los Andes, critica el texto propuesto por el Consejo, en especial lo relativo a la exención de contribuciones, señalando que “no nos parece que una Constitución contemple este tipo de beneficios que son considerados más propios de aquellos que tienen recursos para pagar estos impuestos y no de las clases bajas y de escasos recursos”.


“El proyecto aprobado por el Consejo Constitucional incursiona en materias que no son propias del texto constitucional, sino más bien de ley”, parte diciendo el abogado Hernán Corral Talciani en una columna aparecida ayer, miércoles 11 de octubre.

El texto –publicado en El Mercurio– no pasó inadvertido y más bien fue valorado por distintos sectores y lectores, a quienes les llamó la atención que “la recomendación constitucional” llegara desde la derecha más conservadora del país, la misma que está ligada a la universidad del Opus Dei, la máxima obra del movimiento en Chile. Por cierto, misma institución a la que pertenece el abogado Opus Dei y consejero republicano, Luis Silva Irarrázaval.

El doctor en Derecho y profesor de la Universidad de los Andes, pone especial énfasis en su artículo de opinión en el derecho a la vivienda adecuada y en particular a la letra c), que señala: “El inmueble destinado a la vivienda principal del propietario y de su familia estará exento de toda contribución e impuesto territorial. La ley determinará la forma de hacer efectivo este derecho” (art. 16, Nº 29).

“Se trata de una medida altamente regresiva que exceptúa del impuesto territorial a las clases altas y medias de altos ingresos, y evita que los propietarios destinen parte de sus recursos a pagar estas contribuciones, con lo que parte importante de los municipios perderán sus fondos sobre la base de estos ingresos. No es posible que una simple ley compense el desfinanciamiento de los municipios sustituyendo los ingresos de estas contribuciones de la vivienda principal del propietario y su familia, sobre todo si el avalúo es alto (…), es posible que el propietario que tenga una pensión de vejez sea contemplado como excepción, pero esto es más propio de la ley que de una Constitución. No nos parece que una Constitución contemple este tipo de beneficios que son considerados más propios de aquellos que tienen recursos para pagar estos impuestos y no de las clases bajas y de escasos recursos”, escribe.

Los otras enmiendas que deberían quedar fuera

De igual manera, el exdecano de la Facultad de Derecho de la U. de los Andes, agrega otras materias que deberían quedar fuera del texto constitucional, entre las cuales menciona: “La objeción de conciencia individual e institucional; la propiedad sobre las cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por estas, y el derecho a elegir la institución estatal o privada para su administración e inversión; la elección del sistema de salud y la existencia de un plan de salud universal sin discriminación; la restricción del derecho a huelga a los casos de negociación colectiva”.

Y añade: “Tenemos la esperanza de que la Comisión Experta elimine todas estas normas que son más propias de ley que de una Constitución, que debe ser democrática y sin límites a las opciones de políticas públicas que se adopten por leyes”, concluye Corral Talciani.

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