Ante la confusión generada por la fórmula de Pluralismo Jurídico ya incorporada en el borrador de la nueva Carta Magna, el abogado y miembro de la Convención Constitucional aclaró que «no estamos creando algo nuevo, lo que estamos haciendo es constatar, reconocer y valorar que al interior de las comunidades indigenas existe un derecho propio que se aplica día a día». En conversación con El Mostrador en La Clave, el constituyente de la Región de Magallanes afirmó que «es básicamente una expresión de reconocer que Chile es un Estado Plurinacional», y explicó que este reconocimiento tiene ciertos límites como el respecto irrestricto de los DD.HH. establecidos en instrumentos internacionales. Según Daza, además de tener en la practica una aplicación acotada, esta no «no va atentar en contra de los derechos de las personas que no son parte de las comunidades indigenas».
El pleno de la Convención Constitucional aprobó establecer en Chile la norma de Pluralismo Jurídico. La fórmula, que ha tenido como princpales detractores a convencionales de derecha entre otros, permite la creación de tribunales indígenas y sostiene que la ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales.
La iniciativa, parte del informe de reemplazo de la Comisión de Sistemas de Justicia, se aprobó por 113 votos a favor, 39 en contra y dos abstenciones. En detalle plantea que «el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte».
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Tras su aprobación la abogada y convencional del distrito 21, Vanessa Hoppe, explicó que la norma «significa un gran triunfo para el reconocimiento de la libre autodeterminación de los pueblos». Sin embargo, la redacción que se reformuló no dejó a todos contentos. Fue rechazada por convencionales de Vamos por Chile, como Ruggero Cozzi, quien señaló que podrían haber diferentes fallos para hechos similares, dependiendo de si se es de un pueblo originario o no.
Ante las discrepancias y la confusión, el abogado y miembro de la Convención Constitucional, Mauricio Daza explicó que el tema de los sistemas de justicia indígena involucran simplemente «reconocer una realidad», en conversación con El Mostrador en La Clave, aclaró que «no estamos creando algo nuevo, lo que estamos haciendo es constatar, reconocer y valorar que al interior de las comunidades indigenas existe un derecho propio que se aplica día a día».
«Es básicamente una expresión de reconocer que Chile es un Estado Plurinacional. En ese contexto, en todo caso, lo que se señala es que este reconocimiento tiene ciertos límites y esos límites involucran el respecto irrestricto de los Derechos Humanos establecidos en instrumentos internacionales y los derechos también consagrados en la Constitución», comentó el constituyente de la Región de Magallanes.
«Esto involucra que va a existir un mecanismo de control para que estos límites se respeten y será realizado por una sala especializada de la Corte Suprema», agregó el jurista, revelando que hay otros elementos que se deben agregar porque aquello que se aprobó hasta ahora es solamente el principio.
Cabe mencionar que lo cierto es que aún no se define cómo será la diferencia entre los sistemas jurídicos. Y los convencionales defensores del pluralismo jurídico enfatizaron en que se trata de un principio y que más adelante, se verán los mecanismos y la orgánica respectiva.
El abogado constitucionalista relató que hay algunos consensos, como por ejemplo respecto de que los tribunales indigenas podrían pronunciarse sobre cualquier materia —en el ámbito penal—, «porque ademas serán una suerte de justicia de mediación». En ese sentido Mauricio Daza le dijo a la comunidad «que no mire esto de una manera negativa».
«La verdad es que es algo que en la práctica va a tener una aplicación acotada y que no va atentar en contra de los derechos de las personas que no son parte de las comunidades indigenas», aseguró, reconociendo que erróneamente «mucha gente piensa de que finalmente es una manera de obtener impunidad para personas que son miembros de comunidades indigenas y que sean imputadas de graves delitos como por ejemplo en La Araucanía. Eso es lo que se le viene a la mente de mucha gente».
El constituyente Daza insistió en que los tribunales indígenas actuarán, por ejemplo, ante un conflicto entre miembros de una comunidad que tendrán derecho a opción, siempre respetando los derechos humanos y estableciendo un mecanismo que tendrá lugar en una sala especial de la Corte Suprema, además restringido en cuanto al ámbito penal.
En otros temas, pero de la misma comisión, consultado por qué significa una aplicación de justicia con perspectiva de género, el abogado Mauricio Daza señaló que «se vincula con visibilizar que existe una situación donde la mujer muchas veces es objeto de un trato injusto por su calidad de mujer. Y por lo tanto es una forma de hacer una corrección». De todas formas argumentó que este principio hoy día ya se aplica y que sobre la perspectiva de genero se ha señalado por parte del quórum judicial que es necesario incorporar y que ademas existan capacitaciones en esta materia. «Ha existido una voluntad por parte de la Convención también de visibilizar este tema y señalarlo en la Carta Fundamental», concluyó.
Mauricio Daza también abordó las normas aprobadas en la Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional.
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