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Vehículos nuevos ya no podrán salir de la concesionaria ni transitar sin su patente definitiva Movilidad

Vehículos nuevos ya no podrán salir de la concesionaria ni transitar sin su patente definitiva

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A través de la promulgación de la Ley Patente Cero se suprime el plazo de cinco días existente hasta ahora para circular sin la patente definitiva y las concesionarias que incumplan la obligación serán multadas.


La Cámara de Diputadas y Diputados despachó en su último trámite el proyecto que impide a los vehículos cero kilómetros transitar sin su placa patente única (PPU) definitiva y endurece las sanciones contra los conductores y conductoras que manejan sin esta certificación.

En concreto, la ley elimina la excepción que existe actualmente en la Ley de Tránsito, que permite que los vehículos nuevos circulen sin su patente por un tiempo máximo de cinco días.

“En el marco del Plan Calles Protegidas, no sólo estamos reforzando las fiscalizaciones a vehículos motorizados en distintas partes del país, sino que fortaleciendo también los cuerpos legales que nos permitan sancionar el incumplimiento de las normas de tránsito”, señaló el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz.

“Circular sin patente genera problemas de identificación del vehículo, afectando a terceros en eventuales siniestros de tránsito; entorpece la fiscalización, especialmente cuando se realiza por medios electrónicos, como cámaras o fotorradares; y es aprovechada indebidamente por quienes abusan de esta práctica”, agregó.

¿En qué consiste esta nueva ley?

Para reducir la circulación de vehículos sin patente, el proyecto establece adicionalmente, la obligación de las comercializadoras de entregar los vehículos con la placa patente instalada. Quienes incumplan la obligación serán sancionadas con una multa de 10 a 50 UTM.

Asimismo, se aumenta la sanción (de grave a gravísima) para las y los conductores que transiten con vehículos que no cuenten con su distintivo identificatorio, lo que implica elevar las multas asociadas y, eventualmente, la suspensión de la licencia de conducir.

Finalmente, este proyecto considera la realidad de la masiva comercialización de motocicletas de baja cilindrada en nuestro país sin haber pasado por el proceso de homologación ni contar con revisión técnica, las que se encuentran circulando sin ninguna prueba de seguridad. Por lo anterior, se establece un periodo de gracia de 12 meses para su regularización.

Lo anterior abre la posibilidad de que la homologación se realice durante dicho período (12 meses), no sólo en el 3CV sino que también en plantas de revisión técnica. Esto aplica sólo respecto a motos pequeñas que no han sido homologadas, excluyendo a las que ya están homologadas y que cuentan con su patente.

“Todos los vehículos que circulen sin esta documentación -entre las que se encuentran estas motocicletas no homologadas- seguirán siendo retiradas, para seguir con nuestros esfuerzos de que tengamos calles más protegidas”, concluyó el jefe de la cartera.

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