Municipalidad de Estación Central deberá indemnizar a mujer con más de $2 millones por caída de rama
La Corte ordenó a la Municipalidad de Estación Central pagar más de 2 millones por daño moral.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia en contra de la Municipalidad de Estación Central, obligándola a pagar más de dos millones de pesos por daño moral y lucro cesante a una mujer que resultó lesionada cuando una rama de un árbol cayó sobre ella mientras caminaba por la comuna.
La suma de dos millones de pesos corresponde al daño moral que sufrió la mujer debido al incidente, mientras que los $174.710 corresponden al lucro cesante.
Corte de Santiago confirma indemnización a transeúnte lesionada en Estación Central https://t.co/1com0Brup7 pic.twitter.com/vHtrCQuiGT
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) January 30, 2025
“Atendido el mérito de autos, siendo insuficientes los argumentos del recurso para alterar lo resuelto por el tribunal a quo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de cinco de agosto de dos mil veintidós, dictada por el 4º Juzgado Civil de Santiago en autos Rol Nro. C-32306-2019”, dice el fallo de la Corte de Apelaciones.
“Las probanzas rendidas permiten concluir la existencia del daño moral que se alega, toda vez que el hecho de verse expuesto a una situación de riesgo de su integridad física y de encontrarse imposibilitada de realizar sus labores diarias, además del dolor causado por las lesiones físicas, es de toda lógica que haya experimentado un sufrimiento que afectó su capacidad psíquica”, añade.
“Que conforme se ha venido razonando, de los antecedentes que obran en el proceso, que el daño que ha resultado acreditado es causa directa de la falta de servicio de la entidad edilicia demandada, pues el daño que se alega se produjo como consecuencia del accidente sufrido por la demandante en la vía pública, al desengancharse la rama de un árbol y caer sobre ella, árbol que no contaba con la mantención necesaria para su cuidado”, complementa el fallo.