La investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se refiere a los aspectos fundamentales que contempla el Capítulo III de la propuesta de nueva Constitución sobre Naturaleza y Medioambiente, y las implicancias de consagrar un Estado ecológico. «Esto en la práctica implica que los órganos y todo el accionar del Estado debe estar orientado hacia una relación armónica y respetuosa con el medioambiente, en tanto la naturaleza toma valor en sí misma y se reconoce como titular de derecho», señala. La abogada también profundiza respecto al estatutos de las aguas y cómo podría «impulsar una redistribución de los usos de manera que las personas puedan tener como prioridad el acceso al agua», a propósito de las consecuencias de la crisis hídrica en el país. Asimismo, agrega que «en el caso de vulneración de derechos ambientales se pueden interponer acciones mediante la Defensoría de la Naturaleza , (…) como órgano autónomo que tiene por función primordial la promoción y protección de estos derechos consagrados en la propuesta de nueva Constitución».