El profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Chile se refiere a los órganos autónomos que consagra el borrador de nueva Constitución, es decir, aquellos organismos con independencia administrativa frente al poder central, y a la incorporación de nuevas figuras, como el Consejo de la Justicia, la Agencia Nacional del Agua, la Defensoría del Pueblo y la Defensoría de la Naturaleza. «Es importante relevar que estos nuevos órganos autónomos tocan cuestiones vinculadas con la protección de derechos fundamentales, (…) por lo que el constituyente está pensando que en estos casos el rango constitucional es necesario». En este sentido, agrega que «la creación de esta nueva institucionalidad es con la inspiración de que se transformen en verdaderos organismos especializados, de manera tal de que cuando ellos actúen respetemos lo que dicen, porque entendemos que actúan con autoridad». En materia de regulación, el experto indica que «en todos los casos es necesaria una ley que complemente la organización de estas estructuras autónomas. (…) Lo que no es extraño; por ejemplo, hay autonomías constitucionales reconocidas como el Banco Central alemán, cuya regulación en la Constitución es extremadamente escueta. El constituyente no está en la obligación de darle el contorno preciso a la autonomía que les otorga a estos órganos, invita a que sea el legislador el que establezca la extensión, la intensidad y los límites de esa autonomía».