Sala del tribunal de alzada de Valparaíso es encabezada por la ministra Silvana Donoso, que en 2020 enfrentó acusación constitucional por dejar en libertad al “asesino del tambor”. Los cuatro liberados, según la Fiscalía, son peligrosos colombianos que estaban en forma irregular en Chile.
Un recurso de queja ante la Corte Suprema interpuso la Fiscal Regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones porteña Silvana Donoso Ocampo, Nancy Bluck Bahamondes y Rodrigo Cortés Gutiérrez, integrantes de su Segunda Sala, después que el 6 de diciembre recién pasado dejaran en libertad a cuatro peligrosos integrantes de la organización criminal transnacional conocida como “La Empresa”, que es de origen colombiano y que, además de ese país y Chile, también actúa en Uruguay y Panamá, realizando préstamos “gota a gota”.
Según el libelo presentado ante el máximo tribunal del país, los jueces “incurrieron en graves faltas o abusos al revocar la medida cautelar de prisión preventiva que se había decretado respecto de los imputados John Harrinson Quiñones Preciado, Eider Willington Preciado Garcés, Leonardo Osorio Arias y Mariling Faisury Panameño Espinoza”, por parte del Juzgado de Garantía de Valparaíso. En específico, la falta que se imputa a los ministros es no fundamentar el motivo por el cual decretaron la libertad inmediata de ellos.
Allí, el fiscal Pablo Avendaño los formalizó junto a otros 40 imputados (todos colombianos, salvo un chileno) como miembros de la estructura transnacional, que –como informó El Mostrador– se dedicaba a efectuar préstamos a intereses superiores al 20%, simulando ser una empresa formal, aunque se trataba en realidad de una estructura criminal de préstamos ilegales (conocidos como “gota a gota”), que era manejada directamente desde Cali (Colombia) por un sujeto llamado Disney Montoya y su ayudante, Erika Uribe.
En las regiones de Valparaíso, Metropolitana y de O’Higgins, los imputados entregaban tarjetas ofreciendo préstamos rápidos a sus víctimas –que se estima serían más de mil–, a las cuales cobraban intereses abusivos y las “multaban” en caso de atrasos o no pago, labor que cumplían cobradores que se movilizaban en alguna de las 27 motos con que contaba el grupo.
Aunque la multa es por lo general un incremento en la deuda, el préstamo “gota a gota” se caracteriza por el hecho de que muchas veces las víctimas son objeto de amenazas y actos de violencia que, en algunos casos, han terminado incluso en homicidios.
Se estima que en cuatro años de operación, pasaron por las arcas de “La Empresa” más de 6.700 millones de pesos. Gran parte de este monto era reenviado a Colombia por medio de criptomonedas. En efecto, como detalla la misma queja, el último envío fue de casi 700 millones de pesos.
El 26 de noviembre pasado terminó la formalización de la mayor parte del grupo por asociación delictiva para el delito de usura, delitos reiterados de usura y lavado en activos (en el caso de los “gerentes”) y el Juzgado de Garantía de Valparaíso decretó la prisión preventiva de todos, por estimar que su libertad implicaba un peligro para la sociedad, para el éxito de la investigación y para las víctimas, además de existir riesgo de fuga, dada la nacionalidad extranjera de casi todos.
En la apelación respecto de Quiñones, Preciado, Osorio y Panameño, la Fiscalía hizo presente que se trata de una organización que cuenta “con un aparataje destinado a hostigar y amenazar a los afectados si no cancelan”, siendo muchas veces obligados “a repactar sus deudas una y otra vez”, por lo cual, a juicio del Ministerio Público, existe riesgo de que quienes queden en libertad amenacen a las víctimas, a fin de evitar que estas declaren, ejemplificando esto con que, de las primeras siete víctimas que fueron contactadas por la PDI (después de los arrestos), cuatro de ellas negaron ser tales, pese a existir antecedentes claros al respecto, y otras tres lo reconocieron, pero se negaron a declarar por temor a sufrir represalias por parte de “La Empresa”.
El recurso de queja señala, entre otras consideraciones, que “quienes tenían en general el contacto directo con las víctimas, quienes eran la cara visible de ‘La Empresa’, entre ellas, quienes saben dónde trabajan o dÓnde viven, son precisamente imputados como los que quedaron en libertad, pues ejercían las tareas de captadores y cobradores”. Asimismo, se hace presente que todos los colombianos se hallaban en forma irregular en Chile, salvo uno que, sin embargo, tenía visa de turista.
Del mismo modo, la presentación de la fiscal Perivancich hace presente que “La Empresa” sigue funcionando e, incluso, prestando apoyo económico a los que no fueron detenidos, pues se sabe que el grupo lo formaban al menos 60 personas y que, luego de la detención masiva, las tareas de cobranza y hostigamiento hacia los deudores se reiniciaron al día siguiente del operativo, en el cual participaron casi 500 detectives.
Según detalla el mismo documento, los jueces están obligados a fundamentar sus acciones, pero la resolución que ordenó las libertades no explica en parte alguna el porqué de la decisión de revocar la prisión preventiva.
En efecto, el fallo solo indica que todos debían quedar en libertad porque “una o más de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento”, en referencia al listado de medidas cautelares que se pueden dictar por parte de los jueces, a petición de las partes.
Sin embargo, la segunda Sala tampoco especifica en su fallo qué medidas serían aquellas, por lo cual –en la práctica– los imputados, si es que aún están en Chile, no están cumpliendo medida cautelar alguna.
El Mostrador solicitó una versión sobre lo ocurrido a la Fiscalía Regional de Valparaíso, desde donde indicaron que por estar los hechos en conocimiento de la Corte Suprema no se referirán a ellos, de momento.
El recurso ante el máximo tribunal está caratulado como “Perivancich/Donoso”, dado que la Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso es presidida por Silvana Donoso Ocampo, quien en 2020 enfrentó una acusación constitucional, pues en 2016 fue la presidenta de la comisión de libertad condicional de Valparaíso que dejó libre a Hugo Bustamante, el famoso “asesino del tambor”, que en ese momento estaba preso p0r un doble homicidio que había perpetrado en 2005 y por el cual fue condenado a 27 años.
Sin embargo, Donoso fue absuelta en el Senado, donde uno de sus defensores fue Luis Hermosilla, muy cercano –hasta el día de hoy– con el penalista Samuel Donoso Boassi, medio hermano de la jueza Donoso y quien actualmente representa al exministro Andrés Chadwick en la investigación que lleva la Fiscalía Regional Oriente a partir de la liberación del famoso audio entre Hermosilla, Daniel Sauer y Leonarda Villalobos.
De hecho, como reveló Ciper, uno de los chats entre la ahora destituida ministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco y el actualmente encarcelado abogado Luis Hermosilla, justamente versó sobre la acusación contra Donoso Ocampo, con el objetivo de ayudar o favorecer a su defensa.
En dicha conversación, del 7 de septiembre de 2020, Vivanco le decía a Hermosilla que se había aprobado que el presidente de la Suprema acudiera hasta la comisión de la Cámara de Diputados que analizaba la acusación, por lo cual “necesito hablar contigo del tema”.
Días después, luego de la sesión a que se refería, le preguntaba a Hermosilla sobre su parecer por la actuación del entonces presidente de la Suprema en la instancia (“atroz” fue la respuesta) y después quedaba en evidencia que habían estado juntos en una cena en la casa de Samuel Donoso, a juzgar por lo que decía Vivanco: “Lucho, fue un agrado compartir en la comida de Samuel y conocer a tu señora, regia y encantadora”.