Defensa del sujeto, condenado por secuestro extorsivo, pidió que la pena que recibió fuera sustituida por la expulsión de Chile. Sin embargo, el magistrado Pablo Contreras se negó, argumentando que, dado el fin de los vínculos, es imposible materializar dicha medida.
Más allá de la polémica relativa a los meses que lleva en Santiago percibiendo su sueldo el embajador de Chile en Venezuela, Jaime Gazmuri, la decisión de Nicolás Maduro, en orden a cortar las relaciones diplomáticas con Chile (entre otros países) ya está mostrando efectos concretos en lo relativo a la delincuencia, pues un juez de garantía de Santiago decidió no acoger la petición de la Fiscalía en orden a aplicar la pena sustitutiva de expulsión en contra de un secuestrador, apelando a que esta no tendrá efecto alguno, dada la inexistencia de vínculos entre ambos países.
Cabe recordar que luego de las elecciones presidenciales de Venezuela el 28 de julio pasado, el Presidente Gabriel Boric dijo –por medio de X– que los resultados a favor de Maduro, proclamados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), eran “difíciles de creer”, agregando que “la comunidad internacional y sobre todo el pueblo venezolano, incluyendo a los millones de venezolanos en el exilio, exigimos total transparencia de las actas y el proceso, y que veedores internacionales no comprometidos con el gobierno den cuenta de la veracidad de los resultados”.
Tras estas declaraciones, el régimen de Maduro decidió expulsar al cuerpo diplomático chileno acreditado en Caracas, lo mismo que hizo respecto de todos los países que se expresaron de igual modo. Cabe indicar que en agosto pasado Gabriel Boric cruzó el Rubicón semántico y, por primera vez, calificó al régimen de Maduro como “una dictadura que falsea elecciones, reprime al que piensa distinto y es indiferente ante el exilio más grande del mundo”.
El régimen de Maduro debe entender que los resultados que publica son difíciles de creer. La comunidad internacional y sobre todo el pueblo venezolano, incluyendo a los millones de venezolanos en el exilio, exigimos total transparencia de las actas y el proceso, y que veedores…
— Gabriel Boric Font (@GabrielBoric) July 29, 2024
Tal como advirtió en su momento la Cancillería, el cese de las relaciones diplomáticas tendría una serie de complejas consecuencias, sobre todo a nivel consular, pero ahora sus efectos se están evidenciando a nivel judicial también, pues el juez Pablo Contreras Guerrero, en un juicio abreviado realizado en el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en el cual el fiscal Pablo Sabaj acusó al venezolano Dahan Valvuena de participar en un secuestro, rechazó cambiar la pena a la que este fue condenado por la expulsión del país, algo que era prácticamente la norma respecto de extranjeros condenados, especialmente aquellos que –como sucede en este caso– están en situación irregular.
En efecto, en su sentencia, y luego de condenar a Valvuena a una pena de tres años y un día por su participación en un secuestro extorsivo, la que deberá cumplir en forma efectiva, el magistrado no accedió a una petición formulada por la defensa del condenado, en orden a que la pena se le sustituyera por la expulsión del país y la prohibición de ingresar por un periodo específico de tiempo (por lo general son 10 años).
El juez dijo que rechazaría la solicitud, teniendo en cuenta “el impedimento material” que existe para concretar la expulsión, pues “lo cierto es que Venezuela rompió relaciones con Chile”, comentando que, si bien podría ser que dichos vínculos se reanuden, “también pudiera ser que ello no ocurriera”.
Frente a la solicitud formulada entonces por el abogado, en orden a que su cliente quedara en libertad vigilada, el juez Contreras replicó que el acusado “no cumplió con la exigencia de todo extranjero que entra al país”, y que entregarle ese beneficio “era del todo improcedente, porque además significaría dar un estatuto de privilegio de un imputado en esa situación”.
Asimismo, el magistrado rechazó la petición del abogado del Ministerio del Interior, que solicitó un plazo de seis meses para verificar si en el intertanto se reanudaban las relaciones con Venezuela.
De acuerdo con lo que indica el fallo, los hechos por los cuales Valvuena terminó secuestrado ocurrieron a partir del 21 agosto del año pasado, cuando las víctimas, dos hermanos de nacionalidad venezolana, fueron secuestradas en Estación Central, por parte de varios sujetos que se movilizaban en dos automóviles, quienes los amenazaron con armas de fuego, obligándolos a subir a los vehículos, por separado.
Luego de ello, los llevaron a distintas casas de cautiverio y, en una de ellas, uno de los plagiados quedó al cuidado inicial de dos sujetos, un venezolano y un chileno, a los cuales escuchó que apodaban “Gordo” y “Chupete”, respectivamente.
Después apareció un tercer custodio, otro venezolano, de quien no recordaba prácticamente nada. La víctima fue finalmente liberada el 26 y, después que se interpusiera la denuncia, los detectives de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE Antisecuestros) de Santiago lo interrogaron exhaustivamente, tratando de buscar datos que permitieran identificar a los secuestradores o los custodios, pero el asunto estaba muy complejo.
No obstante, en una segunda declaración, la víctima recordó que el primero le preguntó al desconocido dónde se quedaban sus hijos mientras él “trabajaba”. Este le respondió que, dado que su esposa había fallecido atropellada por un bus el año anterior, los menores estaban al cuidado de su madre, es decir, la abuela paterna de los infantes.
Con ese dato, los detectives comenzaron a trabajar, efectuando un catastro de todas las mujeres fallecidas en 2022 en la Región Metropolitana en accidentes de tránsito de esas características. Eran 18 víctimas fatales en total, pero solo dos eran venezolanas y una de ellas encajaba con todos los antecedentes.
Se trataba de una mujer que falleció el 15 de junio en avenida Carrascal con Catamarca, en Quinta Normal, arrollada por un taxibús que no respetó la señalización existente en el lugar. Gracias a esos antecedentes se identificó al padre de sus hijos (Valvuena), quien reconoció su participación en el secuestro, por lo cual pudo acceder al juicio abreviado.
Aún está pendiente, sin embargo, el juicio –que en este caso será ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal respectivo– de un segundo implicado, Carlos Suárez Villasmil, quien, por cierto, fue expulsado desde Perú en mayo del año pasado, cuando las autoridades de Puno (a orillas del Lago Titicaca) determinaron que había ingresado en forma ilegal al país.
De acuerdo con la investigación de la BIPE y la Fiscalía, varias de las llamadas extorsivas fueron efectuadas a la familia de los secuestrados desde un celular que era de su propiedad. Del mismo modo, los detectives determinaron que otros llamados fueron realizados directamente desde la cárcel de Tocorón, el lugar donde nació el Tren de Aragua y que fue allanado en septiembre de 2023, en un impresionante operativo, luego del cual Nicolás Maduro proclamó que “Venezuela acabó con el Tren de Aragua”.