Déjà vu de Matus y Vivanco: los últimos cartuchos judiciales por dunas de Concón
Jean Pierre Matus y Ángela Vivanco aparecen en un caso que favoreció a la empresa Reconsa, acusada de depredar las dunas de Concón, generando suspicacias luego de revertir una sentencia adversa en la Corte Suprema. Un nuevo recurso busca anular la medida, mientras empresa defiende a los supremos.
El efecto dominó que desató el denominado Caso Audios o Hermosilla todavía continúa, tocando a diversas piezas del Poder Judicial –algunas aún tambaleantes y otras ya fuera del sistema–, como es el caso del magistrado Jean Pierre Matus y la removida ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco.
Ambos abogados han vuelto a la palestra, luego que la Corte Suprema admitiera a trámite un “incidente de nulidad” que acusa al ministro Jean Pierre Matus de haber fallado a favor de un megaproyecto inmobiliario, debiendo inhabilitarse, y a la exmagistrada Ángela Vivanco, por redactar la sentencia en la misma causa en beneficio de la empresa Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón S.A. Reconsa, acusada de depredar el santuario dunar de Concón.
El recurso presentado por la Fundación Yarur Bascuñán, presidida por el empresario Jorge Yarur, busca la nulidad del fallo del 9 de enero de 2025, que acogió la reposición de un recurso de casación presentado por Reconsa, cuya sentencia a favor de la empresa fue redactada por la hoy destituida ministra Ángela Vivanco, siendo luego reemplazada por un abogado integrante de la Tercera Sala.
El documento acusa a la exmagistrada de ignorar los antecedentes de hecho y derecho de la causa, resolver el asunto judicial en un solo día, modificar la jurisprudencia reiteradamente –en una sala que además presidía– y una serie de actuaciones anómalas “apartadas del recto administrar de justicia”.
“Ella fue acusada y destituida por hacer lobby y ejercer influencias inapropiadas… la exministra Vivanco y el ministro Matus dejaron en la indefensión a las dundas de Concón y favorecieron a Reconsa”, dijo días atrás el abogado de la fundación Yarur Bascuñán, Gabriel Muñoz.
Sobre Matus, el recurso esgrime que se debió inhabilitar en la causa, pues carecía de imparcialidad, debido a que había realizado un informe en derecho para favorecer a Daniel Yarur Elsaca, quien fue condenado a pagar US$ 60 millones a su primo Jorge Yarur Bascuñán, hecho que habría sido reconocido por el propio ministro de la Corte Suprema en una entrevista, luego de estallar el Caso Audios.
Para Gabriel Muñoz, el incidente de nulidad en caso de acogerse, “implicaría invalidar el fallo y dejar sin efecto la vista de la causa, retrotrayendo su estado para que se realicen nuevamente los alegatos y la vista de ella, ante ministros imparciales y que no hayan sido destituidos”.
Los argumentos esgrimidos, arguye Muñoz, responden básicamente al historial de Reconsa, “desde que adquirió de manera espuria y poco transparente la propiedad del campo Dunar”, situación que “hace preguntarnos, legítimamente, por las causas de esta sentencia contracorriente a la jurisprudencia de la misma Corte Suprema”.
La empresa, en tanto, aseguró a El Mostrador que el incidente de nulidad presentado por el abogado de Duna Viva, Gabriel Muñoz, es “infundado” y “en contra de una sentencia que no fue de su agrado”, argumentos incorporados en el recurso presentado por la inmobiliaria al que accedió la Unidad de Investigación de El Mostrador, que busca rechazar la solicitud realizada por la fundación Yarur Bascuñán.
Antes de audio y chats
El recurso judicial presentado por Reconsa –el último cartucho de una batalla judicial que comenzó hace seis años con una solicitud de invalidación del permiso municipal–, apunta a desacreditar el incidente de nulidad por considerarlo “manifiestamente extemporáneo e infundado, además de basarse en meras especulaciones sin asidero”, dice el libelo.
Respecto a Vivanco, la fundación Yarur Bascuñán planteó que la ministra actuó de manera irregular y que esas acciones por las cuales fue destituida, constituyen “el primer fundamento fáctico para declarar nula la vista de la causa”. Reconsa, en cambio, asegura que la “exministra Vivanco fue destituida por razones completamente ajenas a las ventiladas en esta causa”.
Para la fundación, sin embargo, el reclamo de ilegalidad en contra del fallo redactado por Vivanco está basado, entre otras cosas, por “la actuación ilegal del exdirector de obras de la municipalidad de Concón (Julio Leigh), que se encuentra destituido y querellado por los mismos hechos que dan origen a esta causa”.
En efecto, el exfuncionario de la Municipalidad de Concón acusó ante la PDI que, en marzo de 2022, el gerente general de Reconsa, Juan Ignacio Soza, intentó sobornarlo mientras se desempeñaba como titular de la DOM de Concón, luego que el municipio negara la construcción de una calle sobre una duna.
Respecto a la actuación de Matus, impugnada por falta de imparcialidad tras haber emitido un informe en derecho en contra de Jorge Yarur Bascuñán, Reconsa asegura en el documento judicial que la causa tuvo sentencia condenatoria en el año 2019, situación que respaldaría su tesis basada en la “extemporaneidad de las alegaciones”.
Matus, tal como informó un reportaje de El Mostrador, está comprometido en otros casos de similares alcances: su participación en la causa de Dominga ha sido seriamente cuestionada debido a su amistad con el abogado Marcelo Castillo, representante de uno de los sindicatos de La Higuera que apoya el proyecto minero. “O se inhabilita o será recusado”, es lo que dicen quienes conocen el litigio.
Lo mismo que sucedió con el ministro en el caso del hotel Punta Piqueros, en el que el abogado Gabriel Muñoz solicitó una recusación amistosa contra Matus por “carecer de imparcialidad para conocer y fallar la causa de inhabilidad”, instancia que luego fue rechazada por el propio ministro de la Corte Suprema.
Fuentes cercanas al caso aseguran que cuando Vivanco redactó el fallo, nada se sabía aún sobre los audios de Hermosilla y menos sobre los chats entre el abogado y dos jueces integrantes de la sala que dirimió el conflicto. Por eso, cuando se dicta la sentencia, contraviniendo la jurisprudencia anterior de la Corte, la estrategia de la contraparte es buscar la nulidad.
“Estas dos personas se debieron haber inhabilitados, a propósito de lo que hoy día sabemos”, asegura una fuente que conoce el proceso judicial.
Reconsa, en tanto, aseguró a El Mostrador que el fallo valida el permiso de edificación impugnado por Duna Viva. “Finalmente, la Corte Suprema ha reconocido la posición de Reconsa y ha dejado a firme el mencionado permiso de edificación”, sostienen desde la empresa.